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TÍTULO: Resolución de 22 de junio de 2020 por la que se renuevan las medidas adoptadas en la Orden de 20 de diciembre de 2019 para atender las circunstancias excepcionales que concurren en determinados países

REGISTRO NORM@DOC:

68476

BOMEH:

26/2020

PUBLICADO EN:

 

Disponible en:

RETRIBUCIONES DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

VIGENCIA:

 

DEPARTAMENTO EMISOR:

Ministerio de Hacienda

ANÁLISIS JURÍDICO:

Referencias anteriores

CITA: Real Decreto 6/1995, de 13 de enero

EN CUMPLIMIENTO DE:

Orden de 20 de diciembre de 2019

MATERIAS:

Administración del Estado en el Exterior

Personal al Servicio del Sector Público

Retribuciones

 

El Real Decreto 6/1995, de 13 de enero, modificado por el Real Decreto 3450/2000, de 20 de diciembre, por el que se regula el régimen retributivo de los funcionarios destinados en el extranjero, prevé una indemnización calculada en función de un módulo de calidad de vida y otro de equiparación del poder adquisitivo.

La Orden del Ministerio de Hacienda de 20 de diciembre de 2019, por la que se actualizan los módulos previstos en el Real Decreto 6/1995 para el año 2020, dispone en el apartado Quinto que, en determinados países y en el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2020, se sustituya para el cálculo de la indemnización el módulo de calidad de vida fijado en su Anexo por un factor. Asimismo establece que estas medidas podrán ser renovadas total o parcialmente de oficio por la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas para el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2020.

En su virtud

DISPONGO:

En cumplimiento de lo establecido en el apartado Quinto de la Orden del Ministerio de Hacienda de 20 de diciembre de 2019, y en atención a las circunstancias excepcionales que concurren en los países que se relacionan en dicho apartado, se propone prorrogar los factores sustitutorios recogidos en la Orden. Estos factores sustitutorios prorrogados tendrán vigencia durante el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2020.

EL DIRECTOR GENERAL

Juan José Herrera Campa