TÍTULO: Resolución de 8 de noviembre de 2017 de la Dirección General de Presupuestos por la que se regulan las actuaciones administrativas automatizadas a través de sistemas de información de su ámbito de competencias

REGISTRO NORM@DOC:

56968

BOMEH:

46/2017

PUBLICADO EN:

 

Disponible en:

 

VIGENCIA:

Efectos desde el 9 de noviembre de 2017

DEPARTAMENTO EMISOR:

Ministerio de Hacienda y Función Pública

ANÁLISIS JURÍDICO:

CITA: Ley 40/2015, de 1 de octubre

DEROGA: Resolución de 10 de marzo de 2010 de la Dirección General de Presupuestos

MATERIAS:

Administración electrónica

Información administrativa

Organización administrativa

 

ÍNDICE SISTEMÁTICO

 

Primero: Objeto de la Resolución. 1

Segundo: Actuaciones administrativas automatizadas de la Dirección General de Presupuestos. 2

Tercero: Órganos competentes. 2

Cuarto: Disposición derogatoria. 2

Quinto: Publicación. 2

 

TEXTO ACTUALIZADO

 

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, prevé en su artículo 41 punto 2 que en caso de actuación automatizada deberá establecerse previamente el órgano u órganos competentes, según los casos, para la definición de las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente. Asimismo, se indicará el órgano que debe ser considerado responsable a efectos de impugnación.

Asimismo, el artículo 40 en su punto 1, prevé que las Administraciones Públicas podrán identificarse mediante el uso de un sello electrónico basado en un certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica.

Respecto a la creación de sellos electrónicos, el artículo 19 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre por el que se desarrolló parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, que ha sido dejado vigente por la leyes 39/2015 y 40/2015, de 1 de octubre, determina que se realizará mediante resolución de la Subsecretaría del Ministerio o titular del organismo público competente, que se publicará en la sede electrónica correspondiente, regulando los datos que han de constar en la resolución aprobatoria.

Procede en consecuencia, con carácter previo a la creación de dichos sellos electrónicos, dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 41 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En consecuencia se acuerda lo siguiente:

Primero: Objeto de la Resolución.

Esta Resolución se establece al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 41 punto 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en relación con la designación de los órganos competentes sobre las funciones previstas en dicho artículo en relación con las actuaciones administrativas automatizadas de su ámbito de competencia.

Segundo: Actuaciones administrativas automatizadas de la Dirección General de Presupuestos.

En el ámbito de los sistemas de información cuya competencia funcional corresponde a la Dirección General de Presupuestos se realizan las siguientes actuaciones administrativas automatizadas.

Expedición electrónica de documentos contables MC de “modificación de créditos” y RC-102 de “no disponibilidad”, a través de la Aplicación para la Tramitación Electrónica Normalizada de Expedientes de modificaciones presupuestarias de la Administración (ATENEA).

Comunicación de la toma de razón a través de la aplicación ATENEA de los Acuerdos aprobatorios de las modificaciones de crédito autorizadas por los titulares de los Departamentos Ministeriales o Presidentes o Directores de Organismos Autónomos, Agencias Estatales y otros Organismos públicos a los que resulta de aplicación lo dispuesto en el Capítulo II de la Orden EHA/657/2007, de 15 de marzo, sobre documentación y tramitación de modificaciones presupuestarias y de autorización para adquirir compromisos de gastos con cargo a ejercicios futuros.

 Comunicación de la toma de razón, a través de la aplicación ATENEA, de la aprobación de los expedientes de modificaciones de crédito autorizados por el Ministro de Hacienda y Función Pública y de la autorización para adquirir compromisos de gastos con cargo a ejercicios futuros, respecto a las Entidades Gestoras, Servicios Comunes y Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social.

Tercero: Órganos competentes.

Los órganos competentes en relación con las actuaciones administrativas automatizadas del apartado anterior serán los siguientes:

Para la definición de las especificaciones: Subdirección General de Presupuestos y Subdirección General de Programas Presupuestarios de Sistemas de Seguridad y Protección Social de la Dirección General de Presupuestos.

Para el diseño informático, programación y mantenimiento: Subdirección General de Aplicaciones de Presupuestos y Fondos Comunitarios de la Intervención General de la Administración del Estado.

Para la supervisión y control de calidad: Subdirección General de Presupuestos y Subdirección General de Programas Presupuestarios de Sistemas de Seguridad y Protección Social de la Dirección General de Presupuestos y Subdirección General de Aplicaciones de Presupuestos y Fondos Comunitarios de la Intervención General de la Administración del Estado.

Para la auditoría del sistema de información y de su código fuente: Servicios de Informática presupuestaria de la Intervención General de la Administración del Estado.

A efectos de impugnación de las actuaciones administrativas automatizadas a las que se refiere el apartado segundo: la Dirección General de Presupuestos.

Cuarto: Disposición derogatoria.

Queda derogada la Resolución de 10 de marzo de 2010 de la Dirección General de Presupuestos, modificada mediante Resolución de 11 de junio de 2012, por la que se regulan las actuaciones administrativas automatizadas a través de sistemas de información de su ámbito de competencias.

Quinto: Publicación.

La presente Resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su firma y se publicará en la Sede Electrónica Central del Ministerio de Hacienda y Función Pública y en el BOMEH.

                  

Madrid, 8 de noviembre de 2017

EL DIRECTOR GENERAL DE PRESUPUESTOS

 

      Jaime Iglesias Quintana