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Solvencia Económica y Financiera

JUSTIFICACIÓN DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (SEF) DE LAS EMPRESAS PARA EL MANTENIMIENTO DE LA CLASIFICACIÓN.

El artículo 82.2 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, dispone que para la conservación de la clasificación deberá justificarse anualmente el mantenimiento de la solvencia económica y financiera.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público, las sociedades y los empresarios individuales que se encuentren inscritos en el Registro Mercantil, deberán presentar con carácter anual una Declaración Responsable según el modelo aprobado por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa. Dicha Declaración deberá ser cumplimentada en forma de fichero de texto sin formato (txt), firmada electrónicamente en formato XADES por el administrador o representante legal de la empresa y enviada por correo electrónico al buzón:  mantenimientoclasificacion@patrimoniodelestado.es

La declaración deberá ser firmada con el programa EcoFirma.

El campo Asunto del mensaje de correo electrónico deberá contener el texto:

CE-SEF-2023 indicativo del procedimiento (clasificación de empresas), trámite (justificación de la solvencia económica y financiera), y ejercicio social (2023), seguido de un espacio en blanco y del NIF de la entidad:(ejemplo: CE-SEF-2023 A12345678).

Si el mensaje cumple con las características anteriores, el remitente de la declaración recibirá un correo electrónico con el acuse de su recepción.

La Declaración Responsable deberá ser remitida a dicho buzón electrónico antes del 1 de septiembre de 2024, si el ejercicio social de la empresa coincide con el año natural.

En el caso de empresas cuyo ejercicio contable no coincida con el año natural la presentación ha de efectuarse antes del inicio del noveno mes posterior a la fecha de cierre del ejercicio.

Presentada dicha declaración y verificada por la Administración la exactitud y veracidad de los datos declarados y la suficiencia de la solvencia económica y financiera de la entidad, se mantendrán sin más trámite sus clasificaciones en los términos en que fueron acordadas. La no presentación en plazo de dicha declaración dará lugar a la suspensión automática de las clasificaciones ostentadas, así como al inicio del procedimiento de revisión de oficio de clasificaciones, según dispone el artículo 82.2 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.

OBSERVACIONES:

  • La Declaración Responsable debe enviarse después de presentarse las cuentas en el Registro Mercantil o en el Registro Oficial Correspondiente.
  • La identidad del firmante (certificado electrónico) debe coincidir con la de quien figura como declarante en el cuerpo de la declaración responsable.

El siguiente enlace contiene las instrucciones de cumplimentación, la plantilla de Declaración Responsable a rellenar y un ejemplo: Dossier de la Declaración Responsable de Solvencia Económica y Financiera.

Los empresarios que no se encuentren inscritos en el Registro Mercantil presentarán en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 10 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas Libro de Inventario y Cuentas Anuales, legalizado por el Registro Mercantil, correspondiente al último ejercicio cuyo período de presentación haya finalizado.

Aquellas dudas que se tengan sobre la justificación de la solvencia económica y financiera se formularán preferentemente mediante correo electrónico a la siguiente dirección: clasificaciondeempresas@hacienda.gob.esAbre nueva ventana

 NOTA IMPORTANTE: Si la empresa ya presentó certificación de Cuentas Anuales 2021 con motivo de la justificación de su solvencia económica y financiera, no tendrá que presentar la Declaración Responsable.

En el caso de que deseen formular una consulta al respecto podrán hacerlo a través del correo electrónico: clasificaciondeempresas@hacienda.gob.es  o bien en el teléfono 900 567 765 (opción 3)

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