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El Gobierno regula la formación de los auxiliares asesores de los mediadores de seguros

  • La reforma avanza en la profesionalización de este tipo de trabajadores, que intervienen en la mediación en seguros privados.

21 de octubre de 2011. El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la formación de los auxiliares asesores de los mediadores de seguros.

La Ley de Economía Sostenible introdujo importantes novedades en el ámbito de la mediación en seguros y reaseguros privados. Entre otras cuestiones, incorporó la figura del auxiliar asesor respondiendo a la demanda de la industria de dotar de mayor flexibilidad a la actuación de sus colaboradores externos.

La competencia profesional de los mediadores de seguros y corredores de reaseguros, así como la de cualquier otra persona que participe en la mediación de seguros y reaseguros privados, es un elemento esencial para garantizar la calidad del servicio prestado a los asegurados. El Real Decreto aprobado hoy fija los requerimientos aplicables a los auxiliares asesores de acuerdo con las características de la actividad por ellos desarrollada y de forma proporcionada al contenido de su función.

El Real Decreto incorpora los criterios de exigencia de conocimientos previos para quienes deseen solicitar su inscripción como auxiliares asesores (deberán estar en posesión del título de graduado en educación secundaria o equivalente), y asimismo remite a la normativa sobre homologación y convalidación para el caso de títulos procedentes de sistemas educativos extranjeros, con objeto de completar el marco aplicable y posibilitar el desarrollo de la figura en el mercado.

Adicionalmente se regulan las exigencias de formación en función de la naturaleza de la actividad y el nivel de responsabilidad de los auxiliares asesores. Así, se establece la necesidad de acreditar los conocimientos necesarios y la superación de cursos de formación o pruebas de aptitud en materias financieras y de seguros privados.

Por último, la norma, con objeto de incorporar criterios de cualificación o experiencia adecuados, aclara y determina los requisitos que habrán de cumplir las personas que pretendan ejercer como profesores de los cursos de formación o ser miembros de la comisión de valoración de las pruebas de aptitud.

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