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España firmará con Estados Unidos un importante acuerdo contra la evasión fiscal internacional

  • Las entidades financieras españolas no soportarán una retención del 30% en los pagos que percibafuente estadounidense a cambio de un intercambio de información entre las administraciones tributarias. Se unirán a la firma Reino Unido, Italia, Alemania y Francia 

España, junto a Reino Unido, Italia, Alemania y Francia, tiene previsto firmar un importante acuerdo con Estados Unidos para colaborar en la lucha contra la evasión fiscal internacional, tanto en el seno de la Unión Europea como en el ámbito de la OCDE, mediante una mejora en la calidad de la información recibida entre las administraciones tributarias.

El acuerdo de intenciones se enmarca en el seno de la Foreign Account Tax Compliance Act de Estados Unidos, conocida como FATCA, y que fue aprobada el 18 de marzo de 2010. En virtud del mismo, las distintas administraciones tributarias se comprometen a cumplir una serie de objetivos de información que deberán obtener de sus entidades financieras respecto a contribuyentes que sean de interés y transmitir esa información mediante un procedimiento estandarizado de manera automática.

El procedimiento para instrumentar ese nuevo estándar de información que deberán cumplir los diferentes Estados firmantes del acuerdo se sustanciará en la adaptación de los procedimientos administrativos que permitirán cumplir con el nuevo objetivo de intercambio de información a que obliga el acuerdo alcanzado.

Este importante acuerdo permitirá que gracias al sistema de intercambio de información entre las autoridades tributarias de España y Estados Unidos, las entidades financieras españolas eviten una posible retención del 30% en los pagos que perciban directamente de fuente estadounidense ( como sería el caso de intereses, dividendos, alquileres, salarios, comisiones o cánones), y el coste tan oneroso que soportan a la hora de poner en marcha acuerdos bilaterales con la administración tributaria norteamericana.

Qué es FATCA

El 18 de marzo de 2010, Estados Unidos aprobó unas disposiciones a las que en conjunto se denominan Foreign Account Tax Compliance Act (FATCA), que imponen sobre las instituciones financieras extranjeras (IFE) la obligación de declarar información relativa a ciertas cuentas. Francia, Alemania, Italia, España y el Reino Unido apoyan los objetivos que subyacen a la FATCA. Sin embargo, esta Ley había planteado diversas cuestiones, entre ellas el que las IFE establecidas en esos países puedan no tener capacidad para cumplir los requisitos relativos a la comunicación, retención y cierre de cuentas debido a restricciones de índole jurídica.

En virtud del acuerdo, Estados Unidos eliminaría la obligación de toda institución financiera extranjera (IFE) establecida en el Socio FATCA de firmar un acuerdo unilateral con el Internal Revenue Service (IRS). Permitiría a las IFE establecidas en el socio FATCA cumplir las obligaciones declarativas contraídas en virtud de la FATCA comunicando la información al socio FATCA en lugar de directamente al IRS. Y lo que es más importante, eliminaría la retención aplicable en los Estados Unidos en virtud de la FATCA sobre los pagos a las IFE establecidas en el socio FATCA (es decir, identificando a todas las IFE del socio FATCA como IFE participante, o IFE cumplidora, según corresponda). Al mismo tiempo se comprometería en la reciprocidad respecto de la recopilación y comunicación automática a las autoridades del socio FATCA de la información referida a cuentas que posean en los Estados Unidos residentes del socio FATCA.

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