§ IV.B.B) 8. NORMA TÉCNICA DE ELABORACIÓN DEL INFORME COMPLEMENTARIO AL DE AUDITORÍA DE LAS CUENTAS ANUALES DE LAS COOPERATIVAS CON SECCIÓN DE CRÉDITO SOLICITADO POR DETERMINADAS ENTIDADES SUPERVISORAS. RESOLUCIÓN DEL INSTITUTO DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA DE CUENTAS (ICAC), DE 5 DE DICIEMBRE DE 1995

OBJETO DE ESTA NORMA

La Disposición Final Primera de la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas[1], establece que, cuando por disposiciones con rango de Ley se atribuyan a Órganos o Instituciones Públicas competencias de control o inspección sobre empresas o entidades que se sometan a auditoría de cuentas, el Gobierno, mediante Real Decreto, establecerá los sistemas, normas y procedimientos que hagan posible su adecuada coordinación, pudiendo recabar de los auditores de cuentas y sociedades de auditoría cuanta información resulte necesaria para el ejercicio de las mencionadas competencias.

En el marco del espíritu de colaboración entre autoridades supervisoras y auditores de cuentas reconocido por esta disposición, determinadas entidades supervisoras vienen solicitando a las Cooperativas con Sección de crédito que, como complemento de los informes de auditoría de cuentas anuales, se elabore un Informe Complementario con la finalidad de resumir los alcances de los trabajos de revisión y verificación de cuentas y cierta información en poder de los auditores útiles para las funciones de supervisión de dichas entidades.

Todos los aspectos contemplados en dicho Informe Complementario surgen, exclusivamente, del trabajo realizado para la emisión del Informe de Auditoría sobre las cuentas anuales tomadas en su conjunto, y no de trabajos especiales con objetivos diferentes.

El objeto de esta Norma es regular la actuación profesional del auditor de cuentas en la emisión del citado Informe Complementario y el contenido de dicho informe.

La realización de este Informe del Auditor será a petición del Consejo Rector de la Entidad.

CONTENIDO DEL INFORME COMPLEMENTARIO

El Informe Complementario, cuyo modelo se incorpora a esta Norma como anexo, constará de una parte introductoria, tres secciones y tantos anexos como sean necesarios en función de las circunstancias.

Parte introductoria: reunirá, necesariamente y como mínimo, las siguientes condiciones:

- Se identificará como tal Informe Complementario.

-Se dirigirá al Consejo Rector de la Entidad auditada, para su posterior remisión por este órgano a la Entidad Supervisora.

- Identificará la fecha y tipo de opinión expresada en el informe de auditoría cuyo contenido complementa y especificará que el Informe Complementario no modifica la opinión expresada en aquél.

-Manifestará que incluye la información solicitada por la Entidad Supervisora a la Entidad auditada e incluirá una referencia a la norma técnica que regula su preparación.

-Limitará la responsabilidad del auditor en cuanto al contenido del Informe Complementario.

- Limitará su exclusivo uso a los fines previstos en esta Norma y por tanto, indicará que no debe ser publicado ni distribuido a terceros ajenos al Consejo Rector y Dirección de la Entidad y a la Entidad Supervisora.

Sección 1.ª

Contendrá la información solicitada por la Entidad Supervisora referente a aspectos considerados por el auditor en la planificación de la auditoría de la Entidad, a su situación financiero-patrimonial y al trabajo a efectuar necesario para verificar la razonabilidad de los saldos de los fondos especiales registrados por la Entidad, de acuerdo con el siguiente esquema:

1. Aspectos Relacionados con la Planificación de la Auditoría.

1.1. Planificación de la auditoría.

1.2. Control interno.

1.3. Evaluación de la importancia relativa.

2. Situación Financiero-Patrimonial de la Entidad.

2.1. Adecuación de productos y cargos.

2.2. Continuidad de las operaciones.

2.3. Ajustes y reclasificaciones no registrados.

2.4. Plusvalías y minusvalías no registradas.

2.5. Inmovilizado no financiero.

2.6. Valoración de existencias.

2.7. Compromisos y/o pasivos de carácter contingente.

2.8. Hechos posteriores al cierre de las cuentas anuales.

2.9. Resultados no recurrentes.

3. Resumen del Trabajo Realizado en la Comprobación de los Saldos de los Fondos Especiales.

3.1. Introducción.

3.2. Fondos para insolvencias de la Sección de Crédito.

3.3. Fondo de insolvencias de deudores de secciones distintas de la de crédito.

3.4. Otros fondos.

Esta Sección se elaborará directamente por el auditor y bajo su responsabilidad.

SECCIÓN 2.ª

Incluirá, con carácter complementario de la memoria de las cuentas anuales, información referente a determinados aspectos de la operativa de la Entidad y de sus sistemas contables y otros temas de interés para la Entidad Supervisora, de acuerdo con el siguiente esquema:

4. Situación Fiscal.

5. Normativa Legal.

5.1. Inversión en otras secciones.

5.2. Limitaciones a la operatoria y destino de los fondos, prestados.

5.3. Concentración de riesgos.

5.4. Coeficiente de recursos propios y de disponibilidades líquidas.

5.5. Distribución del excedente.

5.6. Estatuto jurídico.

5.7. Información remitida por la Sociedad a la Entidad Supervisora.

La información a que se refiere esta Sección podrá mostrarse indistintamente en el cuerpo del Informe Complementario, en la memoria de las cuentas anuales de la Entidad auditada, o en anexos específicos del Informe Complementario preparados a tal fin. En estos dos últimos casos, el Informe Complementario contendrá una referencia explícita al lugar (memoria o anexo) donde se muestra la información solicitada por la Entidad Supervisora.

Con carácter general, la información a la que se refiere esta Sección será preparada por la propia Entidad bajo su responsabilidad, limitándose la responsabilidad del auditor a comprobar su razonabilidad, que, en su caso, fue tenido en cuenta en la opinión de auditoría.

SECCIÓN 3.ª

Incluirá información de carácter contable y sobre aspectos específicos del control interno y otros temas solicitados por la Entidad Supervisora de acuerdo con el siguiente esquema:

6. Expedientes de Acreditados y Aprobación de las Operaciones de Riesgo.

7. Conciliaciones de Saldos con Intermediarios Financieros.

8. Cuentas Diversas de Activo y Pasivo y Obligaciones a Pagar.

9. Anexos.

Por la naturaleza de esta información, la elaboración del Informe Complementario no requiere ninguna actuación previa por parte del auditor, si bien debe considerarse que parte de ella puede verse afectada por un cierto subjetivismo.

ANEXO

Modelo del informe complementario al de auditoría de las cuentas anuales
de las Cooperativas con sección de crédito solicitado por... (Entidad supervisora)

Al Consejo Rector de:

Hemos auditado las cuentas anuales de … que comprenden el balance de situación al … de … de … y la cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria correspondientes al ejercicio anual terminado en dicha fecha, cuya preparación y contenido son responsabilidad del Consejo Rector de la Entidad. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre las citadas cuentas anuales en su conjunto, basada en el trabajo realizado de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas, que incluyen el examen, mediante la realización de pruebas selectivas, de la evidencia justificativa de las cuentas anuales y la evaluación de su presentación, de los principios contables aplicados y de las estimaciones realizadas.

Al concluir nuestra auditoría, emitimos nuestro Informe de Auditoría de fecha … de … de …, en el que manifestamos una opinión …

Como información complementaria a la contenida en el citado Informe de Auditoría, seguidamente les facilitamos la solicitada por … (Entidad Supervisora) … al Presidente del Consejo Rector de la Entidad.

En relación con este Informe Complementario, es necesario precisar que:

1. Se ha preparado con el objeto de facilitar la información requerida por la Norma Técnica de elaboración del Informe Complementario al de auditoría de las cuentas anuales de las Cooperativas con Sección de Crédito y para dar cumplimiento a la legislación correspondiente.

2. Considerando el alcance de nuestras pruebas y las limitaciones inherentes a todo sistema de control interno contable, no podemos asegurar que la totalidad de los errores e irregularidades, deficiencias del sistema e incumplimientos de la normativa legal y fiscal (en el supuesto de que existieran) se hayan puesto de manifiesto en el curso de nuestro examen, por lo que no expresamos una opinión sobre si la totalidad de los sistemas de control interno contable y de los diseñados para asegurar el cumplimiento de la normativa legal y fiscal establecidos por la Dirección de la Entidad ha sido permanentemente aplicada durante el ejercicio sujeto a nuestra revisión.

3. Las normas de auditoría generalmente aceptadas, a las que anteriormente se ha hecho referencia, suponen la aplicación de procedimientos de auditoría teniendo en cuenta los conceptos de importancia y riesgo relativos de cada transacción, cuenta, etc., en relación con las cuentas anuales en su conjunto. Ambos conceptos, obviamente, diferencian de forma significativa el alcance de los trabajos de una auditoría de otro tipo de investigaciones especiales.

4. El alcance de nuestras pruebas verificativas se basó, entre otros aspectos, en la evaluación y confianza relativa del control interno contable que mantiene la Entidad, ya que el objetivo de una auditoría de cuentas, es la emisión de una opinión técnica sobre si dichas cuentas anuales expresan, en todos sus aspectos significativos, la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera de la Entidad y el resultado de sus operaciones en el ejercicio examinado, de conformidad con principios y normas de contabilidad generalmente aceptados. Por lo tanto, dichas pruebas no permiten asegurar que se hayan detectado los errores o irregularidades de todo tipo e importe que hayan podido cometerse. No obstante, si durante la auditoría se hubieran observado hechos de esta naturaleza, habrían sido puestos en conocimiento de la Dirección de la Entidad.

5. En relación con la evaluación de control interno contable a la que se ha hecho referencia anteriormente, es necesario señalar que los objetivos del sistema de control interno contable se deben relacionar con cada una de las etapas por las que discurre una transacción. Las etapas más importantes relativas a una transacción comprenden su autorización, ejecución, registro y, finalmente, la responsabilidad respecto a la custodia y salvaguarda de los activos que, en su caso, resulten de dicha transacción; con el fin de que las mismas hayan sido ejecutadas, se encuentren clasificadas en las cuentas apropiadas, valoradas adecuadamente y que existan (en su caso) los correspondientes activos.

Nuestro estudio y evaluación del control interno se realizó en dos fases:

a) Una revisión preliminar del sistema, con objeto de conocer y comprender los procedimientos y métodos establecidos de control interno contable por la Entidad.

b) La realización de pruebas de cumplimiento para obtener una seguridad razonable de que los controles se encuentran en uso y que están operando tal como se diseñaron.

De acuerdo con la Norma Técnica sobre ejecución del trabajo, la implantación y mantenimiento del sistema de control interno contable es responsabilidad de la Dirección de la Entidad, que debe someterlo a una continua supervisión para determinar que funciona según lo prescrito, modificándolo si fuera preciso, de acuerdo con las circunstancias. Adicionalmente, es de su responsabilidad evaluar los beneficios y costes originados por los procedimientos de control.

Asimismo, es responsabilidad del Consejo Rector de la Entidad el mantenimiento de los sistemas necesarios para asegurar el cumplimiento de la normativa aplicable a la Entidad.

En este sentido, hay que destacar que todo sistema de control interno contable tiene unas limitaciones. Siempre existe la posibilidad de que al aplicar procedimientos de control surjan errores por una mala comprensión de las instrucciones, errores de juicio, falta de atención personal, fallo humano, etc. Además, aquellos procedimientos cuya eficacia se basa en la segregación de funciones pueden eludirse como consecuencia de colusión de los empleados implicados en el control interno contable. Igualmente, los procedimientos cuyo objetivo es asegurar que las transacciones se ejecutan según los términos autorizados por la Dirección, son ineficaces si las decisiones de ésta se toman de forma errónea o irregular. Por todo ello, no podemos asegurar que la totalidad de los errores e irregularidades de procesamiento, deficiencias del sistema e incumplimientos de la normativa legal se hayan puesto de manifiesto en el curso de nuestro examen, por lo que no expresamos una opinión sobre si la totalidad de los procedimientos administrativos y técnicas de control interno contable y de cumplimiento de la normativa legal establecidos por la Dirección de la Entidad ha sido permanente y correctamente aplicada durante el ejercicio sujeto a revisión.

Tal como ya se ha comentado, es responsabilidad de la Dirección de la Entidad evaluar los beneficios y costes originados por cualquier técnica de control. Por esta razón el alcance de nuestra revisión se ha limitado a comprobar que los sistemas de control interno contable implantados y su funcionamiento son razonables en función de las circunstancias normales en las que la Entidad desarrolla sus operaciones.

Por las razones anteriormente expuestas, el contenido de este Informe Complementario no modifica las conclusiones contenidas en nuestro Informe de Auditoría de fecha … de … de …

Este Informe Complementario ha sido preparado exclusivamente para los fines indicados y, por tanto, no debe ser publicado ni distribuido a terceros ajenos al Consejo Rector y Dirección de la Entidad y a … (Entidad Supervisora) …

Nombre del Auditor o de la Sociedad de Auditoría de Cuentas.

Firma del Auditor o del socio responsable de este Informe.

Fecha (que deberá coincidir con la de emisión del Informe de Auditoría de las Cuentas Anuales de la Entidad).

SECCIÓN 1.ª

1. Planificación de la Auditoría.

1.1. Planificación de la auditoría.

La auditoría que hemos llevado a cabo de las cuentas anuales de ... al ... de ... de ... se ha realizado de acuerdo con las Normas Técnicas de Auditoría publicadas por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

Hemos realizado la planificación de la auditoría teniendo en cuenta el tamaño de la Entidad, su complejidad, su organización y nuestra evaluación preliminar del sistema de control interno contable. Teniendo en cuenta todo lo anterior, hemos preparado un programa de auditoría que contiene, para las diferentes áreas auditadas, las pruebas de auditoría a aplicar, el método de selección de muestras, y refleja el grado de confianza en los controles internos y el momento de realización de las pruebas

1.2. Control interno.

Conforme a las Normas Técnicas de Auditoría, hemos llevado a cabo un estudio y una evaluación del control interno contable de la Entidad, con el propósito de permitirnos establecer la naturaleza, momento de realización y amplitud de los procedimientos de auditoría de las cuentas anuales de la Entidad. Por consiguiente, nuestra evaluación del control interno no ha tenido la extensión suficiente para permitirnos emitir una opinión específica sobre dicho control interno contable.

De acuerdo con las manifestaciones recibidas de sus Rectores, la Entidad posee procedimientos suficientes para asegurar que:

- puede disponer, al menos mensualmente (o trimestralmente), de un detalle de sus riesgos, (agregados por acreditado y grupo económico), coincidente con los saldos contables. Asimismo, cuenta con los pormenores de activos dudosos y de las provisiones individualizadas afectas a los mismos de acuerdo con la normativa contable de … (Entidad Supervisora) …, (excepto por …).

- los pormenores de todas las cuentas coinciden con los saldos contables que figuran en el balance y en la cuenta de pérdidas y ganancias, (excepto por …).

Nuestra revisión del sistema de control interno de la Entidad se desarrolló de acuerdo con el siguiente esquema general: (Describir esquema, incluyendo el área informática).

En el curso de nuestra revisión (con el alcance mencionado en este Informe Complementario), no se observaron excepciones significativas ni a las manifestaciones de los Rectores anteriormente mencionadas ni de otro tipo, excepto las comunicadas (que se comunicarán) a la Dirección de la Entidad mediante nuestra Carta de Comentarios de fecha … de … de …

1.3. Evaluación de la importancia relativa.

Considerando el tamaño y naturaleza de la Entidad hemos establecido los siguientes parámetros:

 

 

 

Miles de pesetas

Ajustes individuales con efecto en resultados o en patrimonio neto

Efecto neto global en resultados o en patrimonio neto de los ajustes individuales (Se podrán distinguir los ajustes procedentes de estimaciones)

Reclasificaciones de cuentas sin efecto en resultados o en patrimonio neto:

-Ajustes y reclasificaciones a dudosos

-Otros ajustes y reclasificaciones

 

 

2. Situación financiero-patrimonial de la entidad.

2.1. Adecuación de productos y cargos.

En la nota … a las cuentas anuales se definen los criterios seguidos por la Entidad para el reconocimiento de sus ingresos y gastos.

Según se menciona al inicio del presente informe, nuestro Informe de Auditoría de fecha … cubre la cuenta de pérdidas y ganancias, de la Entidad correspondiente al ejercicio social terminado el …

En la aplicación de nuestros procedimientos de comprobación de los ingresos y gastos integrantes de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio …, no hemos observado la existencia de partidas que, constituyendo una desviación en cuanto a la normativa en vigor establecida por ... (Entidad Supervisora) ... al respecto, representen importes que pudieran afectar en forma material a las cuentas anuales en su conjunto. En particular, hemos verificado que:

a) Se ha aplicado el sistema de caja, en lugar del devengo, en el abono a resultados de los productos originados por los riesgos morosos y dudosos, excepto por (detallar).

b) Los abonos y cargos a los fondos especiales se han efectuado con las contrapartidas previstas por la normativa contable de la ....(Entidad Supervisora)..., excepto por (detallar).

c) La contabilización de los productos y cargos ha sido razonable, de modo que no se han detectado trasvases entre resultados ordinarios, cooperativos y extracooperativos, y extraordinarios ni entre secciones de la Entidad que tengan efectos materiales, y que la imputación al resultado del ejercicio de las subvenciones de capital, se ha efectuado de acuerdo con las normas de valoración del Plan General de Contabilidad.

(Habrá que dar a este epígrafe la redacción oportuna en cada caso, resumiendo las principales deficiencias observadas).

2.2. Continuidad de las operaciones.

En la formulación de las cuentas anuales de la Entidad correspondientes al ejercicio anual terminado el … de … de …, los Rectores han aplicado el principio contable de «empresa en funcionamiento», por entender que no existen circunstancias objetivas que pongan en peligro la continuidad de la actividad de la Entidad, en el ejercicio siguiente.

2.3. Ajustes y reclasificaciones no registrados.

El efecto neto total de los ajustes a las cuentas anuales auditadas puestos de manifiesto en el curso de nuestro examen supone incrementar / reducir los resultados netos después de impuestos del ejercicio mostrados en las cuentas anuales en una cuantía que no excede del … % de dichos resultados. Individualmente, el ajuste de mayor cuantía que supone un incremento en los resultados netos después de impuestos del ejercicio … representa un … % de dichos resultados netos después de impuestos y el ajuste de mayor cuantía que supone una reducción de los resultados netos después de impuestos del ejercicio representa un … % de dichos resultados.

No se han puesto de manifiesto en el curso de nuestro examen reclasificaciones que supongan modificar el saldo de la rúbrica afectada en más de un … %.

Como ni los ajustes ni las reclasificaciones indicados anteriormente dan lugar a diferencias que pueden considerarse como «significativas», nuestro Informe de Auditoría de Cuentas de fecha … no incluye ninguna salvedad por los conceptos a los que hacen referencia los dos párrafos precedentes.

Por la propia naturaleza de algunas cuentas analizadas en el curso de la auditoría, la cuantificación de su saldo y (en su caso) de los ajustes anteriormente reseñados, no puede ser ni exacta ni absolutamente objetiva, a pesar de haberse aplicado en su determinación los procedimientos de auditoría considerados más convenientes en función de la naturaleza de cada una de las cuentas analizadas.

2.4. Plusvalías y minusvalías no registradas

Existen partidas que, habiendo sido contabilizadas de acuerdo con la normativa vigente y sobre las que, por tanto, no procede efectuar ajustes en su valoración, dan lugar a la existencia de plusvalías y minusvalías latentes. El detalle preparado por los Rectores de tales plusvalías y minusvalías se incluye como Anexo I.

La Entidad tenía contabilizados (no) determinados activos de cuantía significativa de carácter no funcional. El detalle de estos activos que nos han facilitado los Rectores se incluye como Anexo II.

2.5. Inmovilizado no financiero.

Se ha observado que el fondo de amortización del inmovilizado de la Entidad al … de … de … es suficiente (excepto por …) y que la imputación del coste y de la amortización de cada uno de sus elementos se realiza en la sección de la Entidad que lo utiliza.

En el Anexo … se presenta un detalle de los inmuebles de la Entidad pendientes de inscribir en el Registro de la Propiedad.

No se ha observado la existencia de revalorizaciones del inmovilizado material no autorizadas legalmente (excepto por …).

2.6. Valoración de existencias.

Los criterios de valoración aplicados para las existencias, según los diferentes tipos de productos, son los siguientes:

(Descripción)

Dichos criterios guardan (no) uniformidad con los aplicados en el ejercicio anterior y se ajustan (no) a las normas de valoración contenidas en el Plan General de Contabilidad.

2.7. Compromisos y/o pasivos de carácter contingente

No se ha observado la existencia de pasivos de carácter cierto o contingente de importe significativo adicionales a los desglosados en las cuentas anuales de la Entidad al … de … de …, excepto por …

2.8. Hechos posteriores al cierre de las cuentas anuales.

En la Nota de la Memoria de las cuentas anuales auditadas, se describen los hechos posteriores de carácter significativo.

2.9. Resultados no recurrentes.

Durante el ejercicio auditado, la Entidad ha efectuado algunas transacciones singulares, reestructuraciones, contingencias, etc. El detalle preparado por los Rectores de las transacciones no recurrentes pero significativas se incluye como Anexo III.

3. Fondos especiales.

3.1. Introducción.

Como parte de la auditoría de las cuentas anuales, hemos revisado las necesidades de fondos especiales para la cobertura de los riesgos de la Entidad. Estas necesidades se han determinado por aplicación de lo preceptuado en la normativa contable correspondiente de la (Entidad Supervisora). Al … de … de …, los fondos especiales registrados por la Entidad eran:

 

 

Miles de pesetas

Fondo Especial

Saldo al xx-xx-xx

Fondo necesario

Diferencia

--

--

--

--

--

--

--

--

 

3.2. Fondo para insolvencias de la Sección de Crédito.

Para la evaluación de las provisiones para insolvencias registradas por la Sección de Crédito de la Entidad, hemos analizado individualmente … prestatarios y avalados en base a los siguientes criterios:

a) Riesgos clasificados como no dudosos por la Entidad:

- … expedientes, que son todos los que superan … miles de pesetas.

- … expedientes, seleccionados aleatoriamente de acuerdo con el siguiente criterio (especificar criterio). El Anexo … contiene detalle de los riesgos analizados.

b) Riesgos clasificados como dudosos por la Entidad.

- … expedientes, que son todos los que superan … miles de pesetas.

- … expedientes seleccionados aleatoriamente de acuerdo con el siguiente criterio (especificar criterio). El Anexo … contiene detalle de los riesgos analizados.

Los resultados de nuestra verificación se resumen seguidamente:

 

 

Provisiones al xx-xx-xx (Miles de pesetas)

Contabilizadas

Estimadas

Diferencia

 

-Riesgos vivos

--

--

--

-Riesgos dudosos

--

--

--

 

En el Anexo … se incluye el detalle de los riesgos que de acuerdo con las normas contables correspondientes de la … (Entidad Supervisora) …, deberían estar clasificados como dudosos y que la Entidad no tiene identificados como tales, según se ha puesto de manifiesto en el curso de nuestro trabajo.

Como parte de nuestra revisión, y dentro de los expedientes examinados, se ha verificado que los créditos clasificados como dudosos tienen suspendido el devengo de intereses, de acuerdo con lo dispuesto en las normas contables correspondientes de la … (Entidad Supervisora) … y que las renovaciones de operaciones morosas sin cobro efectivo de intereses ni aportación de nuevas garantías eficaces, no están reclasificadas a inversión normal.

3.3. Fondo de insolvencias de deudores de secciones distintas de la de crédito.

Hemos analizado individualmente … deudores de otras secciones distintas de la de crédito y hemos comprobado la adecuación (no) de los fondos de provisión constituidos para estos riesgos.

En el Anexo … se incluye el detalle de los deudores de otras secciones analizados.

3.4. Otros fondos.

(detallar, indicando el trabajo efectuado y resultados obtenidos).

SECCIÓN 2.ª

4. Situación fiscal.

Los años sujetos a la inspección para los principales impuestos a los que está sujeta la Entidad son:

(Describir)

Los pasivos contingentes motivados por actas de inspección recurridas o pendientes de liquidación por la Entidad son los siguientes:

 

 

Descripción

Contingencia máxima

(Miles de pesetas)

Provisiones constituidas

(Miles de pesetas)

--

--

--

--

--

--

--

--

--

 

5. Normativa legal.

5.1. Inversión en otras secciones.

En el Anexo IV, preparado por la Entidad, se relaciona la composición según su destino al … de … de … de las inversiones realizadas en otras secciones con recursos obtenidos a través de la Sección de Crédito, con expresión de las fechas de concesión y cancelación, porcentaje sobre depósitos (según normativa reguladora) y fecha de autorización de … (Entidad Supervisora) … si procede.

5.2. Limitaciones a la operatoria y destino de los fondos prestados.

Hemos verificado de acuerdo con técnicas de auditoría generalmente aceptadas que la Sección de Crédito ha limitado sus operaciones activas y pasivas al seno de la propia Entidad y a sus socios, que ha colocado sus excedentes de tesorería en otros intermediarios financieros, fondos públicos y valores emitidos por empresas públicas y que el destino declarado o deducido de los fondos prestados a socios no ha sido a sectores productivos ajenos a la actividad de la Entidad, excepto por los que se relacionan en los Anexo V y VI facilitados por la Entidad.

5.3. Concentración de riesgos.

En el Anexo VII, preparado por la Entidad, se relacionan los riesgos existentes al … de … de … con sujetos o grupos, definidos según ....(normativa reguladora)...., frente a los que existen activos y compromisos superiores al 5% de los depósitos computables de la Entidad.

El coeficiente de concentración se ha calculado dividiendo el importe total de los activos y compromisos entre los depósitos computables.

Sobre la información desglosada en el Anexo, nos hemos limitado a desarrollar las siguientes comprobaciones, en base a muestras selectivas:

a) Revisión de la concordancia de dicha información con la que surge de los registros contables de la Entidad.

b) Pruebas destinadas a comprobar la correcta agrupación de las partidas.

c) Pruebas cruzadas entre los registros contables de la Entidad y la información facilitada por los Rectores, que nos permitan concluir respecto a los datos contenidos en el Anexo, y comprobar que no se hubieran omitido datos que hubiera sido necesario facilitar.

Asimismo, hemos comprobado que los riesgos de firma asumidos por la Entidad al … de … de ... no superan su volumen de recursos propios.

5.4. Coeficiente de recursos propios y de disponibilidades líquidas.

El Anexo VIII, preparado por la Entidad, recoge el detalle de los recursos propios computables a efectos del cálculo del coeficiente.

En el ejercicio económico finalizado al ... de ... de ..., la Cooperativa cumple (no cumple) el coeficiente de recursos propios definido según ... (normativa reguladora).

Hemos comprobado que para una muestra de ... días del ejercicio económico finalizado al ... de ... de ..., la Cooperativa cumple (no cumple) el coeficiente de disponibilidades líquidas definido según ......... (normativa reguladora).

Al cierre del ejercicio económico, los mencionados coeficientes ascienden a:

Coeficiente de recursos propios ...

Coeficiente de disponibilidades líquidas ...

5.5. Distribución del excedente.

Hemos comprobado que la propuesta de distribución del excedente del ejercicio cerrado al ......... de ........ de ........, se ajusta a lo establecido en ... (normativa reguladora) ...

5.6. Estatuto jurídico.

En el curso de nuestra auditoría no se ha puesto de manifiesto que la Entidad haya desarrollado actividades significativas no incluidas en sus estatutos, excepto por: (detallar).

5.7. Información remitida por la Sociedad a ... (Entidad Supervisora) ...

Hemos revisado de los estados periódicos enviados por la Sociedad a ... (Entidad Supervisora) ..., los correspondientes a (indicar fechas de los estados). Como resultado de nuestra revisión no se han puesto de manifiesto errores significativos, (excepto por ...). Nuestra revisión ha consistido en:

SECCIÓN 3.ª

6. Expedientes acreditados y aprobación de las operaciones de riesgo.

Los expedientes de los acreditados que hemos revisado, contienen (no) en general información suficiente para evaluar, en el contexto de nuestra auditoría de las cuentas anuales, las características y cobrabilidad de los saldos.

Asimismo, hemos comprobado su adecuada autorización por el Consejo Rector de la Entidad y su constancia en Acta en los términos que se establecen en la legislación aplicable a las Cooperativas con Sección de Crédito de ... (Entidad Supervisora) ...

(Indicar la dinámica seguida en la concesión, seguimiento y recobro de los riesgos y las principales deficiencias comunes a la generalidad de los expedientes, qué se ha hecho cuando el contenido de los expedientes era insuficiente, etc.)

En cualquier caso, con objeto de mejorar el seguimiento de los riesgos de la Entidad, hemos efectuado (efectuaremos) una serie de recomendaciones y sugerencias en nuestra Carta de Comentarios a la Dirección.

7. Conciliaciones de saldos con intermediarios financieros.

Comentarios sobre las conciliaciones (Periodicidad de las conciliaciones, quién y cómo se preparan, quién y cómo las supervisa, naturaleza de las partidas de conciliación más habituales, etc).

8. Cuentas diversas de activo y pasivo y obligaciones a pagar.

Detalles de las más significativas, y comentario sobre el seguimiento de las mismas.

9. Anexos.

Anexo I. Plusvalías y minusvalías no registradas.

Anexo II. Activos de importe significativo de carácter no funcional.

Anexo III. Resultados no recurrentes.

Anexo IV. Inversión en otras secciones.

Anexo V. Destino de los fondos prestados.

Anexo VI. Origen de los fondos tomados.

Anexo VII. Concentración de riesgos.

Anexo VIII. Detalle de recursos propios computables.

ANEXO I

Plusvalías y Minusvalías no registradas

 

 

A. Inmuebles

Concepto

Saldo contable

plusvalía/ minusvalía

Fuente de información y sistema
de valoración empleado

 

 

 

 

B. Otros

 

 

 

Concepto

Saldo contable

plusvalía/ minusvalía

Fuente de información y sistema
de valoración empleado

 

 

 

 

 

ANEXO II

Activos de importe significativo de carácter no funcional

 

 

Concepto

Saldo

 

ANEXO III

Resultados no recurrentes

 

 

Naturaleza

Efecto sobre resultados

Comentario

 

ANEXO IV

Inversión en otras secciones

Composición de las inversiones realizadas en otras secciones ... con recursos obtenidos a través de su Sección de Crédito.

 

 

Fecha de

Importe

Fecha de

Sección
deudora

Destino
de los fondos

Concesión

Cancelación

Miles
de ptas.

%
s/depósitos

autorización
I.V.F

 

ANEXO V

Destino de los fondos prestados

Riesgos con sujetos o grupos cuyo destino declarado o deducido ha sido a sectores productivos ajenos a la actividad de la Entidad.

 

 

Miles de pesetas

% Concentración s/Recursos Propios

Sujeto/Grupo

Activos

Compromisos

Total

s/Activos

s/Activos
y compromisos

 

ANEXO VI

Origen de los fondos tomados no en entidades financieras

 

 

Miles de pesetas

Sujeto/Grupo

Pasivos

 

ANEXO VII

Concentración de riesgos

 

 

Deudor

 

 

 

 

 

Fecha de concesión

Importe

Miles de pesetas

 

ANEXO VIII

Detalle de los recursos propios computables

 

 

Concepto

Importe ejercicio actual

Importe ejercicio anterior

 

 

 

 


 

 


 

[1] La referencia normativa debe realizarse a la misma Disposición Final Primera pero del texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio.