NORMA
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RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2007, de la
Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la
que se modifica la de 15 de septiembre de 2006, sobre creación,
organización y funciones de las Dependencias Regionales de Relaciones
Institucionales en determinadas Delegaciones Especiales de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria. |
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PUBLICADO
EN:
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Boletín Oficial del Estado n.º 309/2008 de 26 de diciembre Boletín Oficial del Ministerio de
Economía y Hacienda n.º
2/2008 de 10 de enero. |
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TRIBUTO-MATERIA
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I. Normas generales-Procedimiento
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Dependencias Regionales de
Relaciones Institucionales de las Delegaciones Especiales de la AEAT:
funciones. |
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NORMAS
DE REFERENCIA
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Modifica: |
Resolución de 15 de
septiembre de 2006, de la Presidencia de |
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Otras normas: |
—Ley
31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991
(art. 103.Once.5). —Orden de 2 de junio
de 1994, por la que se desarrolla la estructura de |
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RESOLUCIÓN
de 18 de diciembre de 2007, de la Presidencia de
En las Delegaciones Especiales
cuyo ámbito territorial engloba el de las Comunidades Autónomas
de régimen común, el número de contribuyentes, el volumen
de la actividad económica en cada ámbito territorial o la
existencia de lenguas cooficiales son criterios a tener en cuenta para la
creación de las Dependencias Regionales de Relaciones Institucionales.
Asimismo, la
organización y funciones de estas Dependencias responde a la exigencia
de establecer un cauce permanente de relación con
Finalmente, también
resulta conveniente atribuir a estas Dependencias la coordinación de las
relaciones de
A la vista de lo anterior,
razones de conveniencia aconsejan la creación de una Dependencia
Regional de Relaciones Institucionales en
En virtud de lo expuesto y en
uso de la habilitación conferida por el apartado decimoquinto de
dispongo:
Único. Modificación de la Resolución de 15 de septiembre de
2006, de la Presidencia de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria,
de creación, organización y funciones de las Dependencias Regionales
de Relaciones Institucionales en determinadas Delegaciones Especiales de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria.
El apartado Primero de
Primero.
Dependencias
Regionales de Relaciones Institucionales.
En las Delegaciones Especiales
de
Disposición final
única.
Esta disposición
entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en
el BOE.
Madrid, 18 de diciembre de
2007.— El Presidente de