TÍTULO: Resolución de 14 de junio de 2018, de la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas, por la que se renuevan las medidas adoptadas en la Orden de 21 de diciembre de 2017 para atender las circunstancias excepcionales que concurren en determinados países

REGISTRO NORM@DOC:

60127

BOMEH:

28/2018

PUBLICADO EN:

 

Disponible en:

RETRIBUCIONES DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

VIGENCIA:

Entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2018

DEPARTAMENTO EMISOR:

Ministerio de Hacienda

ANÁLISIS JURÍDICO:

CITA: Real Decreto 6/1995, de 13 de enero

EN CUMPLIMIENTO DE la Orden de 21 de diciembre de 2017

MATERIAS:

Administración del Estado en el Exterior

Funcionarios Públicos

Retribuciones

 

El Real Decreto 6/1995, de 13 de enero, modificado por el Real Decreto 3450/2000, de 20 de diciembre, por el que se regula el régimen retributivo de los funcionarios destinados en el extranjero, prevé una indemnización calculada en función de un módulo de calidad de vida y otro de equiparación del poder adquisitivo. 

La Orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública de 21 de diciembre de 2017, por la que se actualizan los módulos previstos en el Real Decreto 6/1995 para el año 2018, dispone en el apartado Quinto que, en determinados países y en el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2018, se sustituya para el cálculo de la indemnización el módulo de calidad de vida fijado en su Anexo por un factor. Asimismo establece que estas medidas podrán ser renovadas total o parcialmente de oficio por la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas para el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2018.

En su virtud

dispongo:

En cumplimiento de lo establecido en el apartado Quinto de la Orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública de 21 de diciembre de 2017, y en atención a las circunstancias excepcionales que concurren en los países que se relacionan en dicho apartado, se propone prorrogar los factores sustitutorios recogidos en la Orden, y aprobar la creación de un nuevo factor sustitutorio para Nicaragua, dado el reciente incremento de la inestabilidad política y la conflictividad social en ese país. El nuevo factor sustitutorio y los que se prorrogan tendrán vigencia durante el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2018.

 

PAÍS

MCV

Factor Sustitutorio

1/07/18 a 31/12/18

(valores nuevos)

NICARAGUA

2,60

2,70

 

El Director General.- Juan José Herrera Campa