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TÍTULO: Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se modifica el formato de las cuentas anuales consolidadas previsto en la Resolución de 13 de noviembre de 2015, por la que se recomienda un nuevo formato normalizado de la Cuenta General de las Entidades locales en soporte informático para su rendición

REGISTRO NORM@DOC:

81110

BOMEH:

2/2023

PUBLICADO EN:

BOE n.º 3 de 4 de enero de 2023

Disponible en:

CONTROL DEL GASTO PÚBLICO Y AUDITORÍA DE CUENTAS

VIGENCIA:

 

DEPARTAMENTO EMISOR:

Ministerio de Hacienda y Función Pública

ANÁLISIS JURÍDICO:

Referencias anteriores

DE CONFORMIDAD con:

la regla 11.b) de la Orden HAP/1782/2013, de 20 de septiembre

la regla 10.b) de la Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre

EN RELACIÓN con la Resolución de 13 de noviembre de 2015

CITA Orden HAC/836/2021, de 9 de julio

MATERIAS:

Administración electrónica

Administración local

Modelos

Contabilidad

 

ÍNDICE SISTEMÁTICO

 

Primero.Objeto. 2

Segundo.Formato de las Cuentas Anuales Consolidadas. 2

Tercero.Codificación del fichero «xml». 2

Cuarto.Publicidad. 2

 

TEXTO ACTUALIZADO

 

La Intervención General de la Administración del Estado, en uso de la atribución que para dictar recomendaciones que faciliten la aplicación de las normas reguladoras de la contabilidad pública local, le confieren las reglas 10 b) de la Instrucción del modelo normal y 11 b) de la Instrucción del modelo Simplificado de contabilidad local, promovió mediante Resolución de 13 de noviembre de 2015 la implementación de un modelo de referencia para la rendición normalizada de cuentas en soporte informático.

En dicho modelo de referencia se recomendaba el formato «xml» para la Cuenta General de la entidad local y el formato «pdf» para la documentación complementaria a acompañar a la Cuenta General incluidos, entre dicha documentación complementaria, los estados integrados y consolidados de las cuentas que hubiera determinado el Pleno de la Corporación, tanto en el modelo normal como en el simplificado de contabilidad local.

Una vez aprobadas las normas para la formulación de cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público local, mediante Orden HAC/836/2021, de 9 de julio, las entidades locales vienen obligadas a elaborar cuentas anuales consolidadas en los términos previstos en las citadas normas, siendo las primeras cuentas anuales consolidadas que deben formularse las correspondientes al ejercicio iniciado el 1 de enero de 2022 y el modelo de dichas cuentas consolidadas único para los modelos normal y simplificado de contabilidad local.

Teniendo en cuenta que la normalización de las cuentas anuales consolidadas, operada en virtud de la citada Orden HAC/836/2021, permite seguir avanzando en la rendición de cuentas en soporte informático, se considera procedente extender la recomendación del formato «xml» a dichas cuentas.

En virtud de lo anteriormente expuesto, en uso de la atribución que para dictar recomendaciones que faciliten la aplicación de las normas reguladoras de la contabilidad pública local, le confieren a la Intervención General de la Administración del Estado la regla 10 b) de la Instrucción del modelo Normal y la regla 11 b) de la Instrucción del modelo Simplificado de contabilidad local, atendiendo a la solicitud del Tribunal de Cuentas y habiéndole remitido el borrador de Resolución en calidad de coordinador con los órganos de control externo, dispongo:

Primero. Objeto.

Por la presente Resolución la Intervención General de la Administración del Estado recomienda a las instituciones de control externo un nuevo formato normalizado de las Cuentas Anuales Consolidadas del sector público local, que favorezca la homogeneización en la rendición de cuentas por parte de las entidades locales y facilite a dichas instituciones el establecimiento de procedimientos de envío de las citadas cuentas por medios electrónicos, informáticos y telemáticos.

Segundo. Formato de las Cuentas Anuales Consolidadas.

Las Cuentas Anuales Consolidadas del sector público local, que se configuran como documentación complementaria que debe acompañar a la Cuenta General de la entidad local, se presentarán en fichero con formato «xml», en vez de con formato «pdf» como se recomendaba en la Resolución de 13 de noviembre de 2015, de esta Intervención General de la Administración del Estado.

El contenido y la estructura del fichero «xml» de las Cuentas Anuales Consolidadas deberán cumplir las especificaciones técnicas (esquemas XSD) publicadas en la página web de la Intervención General de la Administración del Estado (www.igae.pap.hacienda.gob.es).

Tercero. Codificación del fichero «xml».

El fichero «xml» de las Cuentas Anuales Consolidadas se codificará de la siguiente manera:

ENTIDAD_EJERCICIO_DC-CONSOLIDACION.xml

En el campo «ENTIDAD» (9 caracteres) deberá consignarse el número de identificación fiscal de la entidad dominante, y en el campo «EJERCICIO» (4 caracteres) se hará constar aquél al que se refieran las Cuentas Anuales Consolidadas.

Cuarto. Publicidad.

La presente Resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento.

Madrid, 22 de diciembre de 2022.–El Interventor General de la Administración del Estado, Pablo Arellano Pardo.