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TÍTULO: Orden comunicada de 24 de julio de 2023, de la Ministra de Hacienda y Función Pública, por la que se corrige error material en los módulos previstos en la Orden comunicada de 28 de diciembre de 2022

REGISTRO NORM@DOC:

83747

BOMEH:

31/2023

PUBLICADO EN:

 

Disponible en:

RETRIBUCIONES DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

VIGENCIA:

Efectos desde 1 de enero de 2023

DEPARTAMENTO EMISOR:

Ministerio de Hacienda y Función Pública

ANÁLISIS JURÍDICO:

Referencias anteriores

CORRECCIÓN de errores de la Orden de 28 de diciembre de 2022

CITA Real Decreto 6/1995, de 13 de enero

MATERIAS:

Administración del Estado el exterior

Personal al servicio del Sector Público

Retribuciones

 

ÍNDICE SISTEMÁTICO

 

PRIMERO. 2

SEGUNDO. 2

TERCERO. 2

ANEXO A LA ORDEN COMUNICADA.. 4

MÓDULOS DE CALIDAD DE VIDA Y DE EQUIPARACIÓN DEL PODER ADQUISITIVO.. 4

 

TEXTO ACTUALIZADO

 

El Real Decreto 6/1995, de 13 de enero, modificado por el Real Decreto 3450/2000, de 22 de diciembre, establece cómo debe adaptarse el régimen retributivo previsto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, a los funcionarios de la Administración del Estado que prestan servicio en el exterior.

Esta normativa prevé la existencia de unos módulos de equiparación del poder adquisitivo y de calidad de vida a fin de calcular la indemnización que reconoce para los funcionarios españoles destinados en el extranjero.

El artículo 4.2 del Real Decreto 6/1995 citado dispone que el Ministro de Economía y Hacienda procederá con una periodicidad al menos anual, previa consulta con los Ministerios interesados, a la actualización de dichos módulos.

La última actualización para 2023 se realizó mediante Orden de la Ministra de Hacienda y Función Pública de fecha 28 de diciembre de 2022 y efectos 1 de enero de 2023. Sin embargo, se ha advertido la existencia de un error material que afecta al proceso de elaboración de los módulos de Mozambique, Myanmar, Países Bajos, Panamá, Reino Unido, Siria, Sudán, Sudán del Sur, Suiza y Vietnam.

El error material mencionado queda reflejado en el anexo de la Memoria de la Orden comunicada de 28 de diciembre de 2022. El mismo fue cometido en los inicios del proceso de cálculo, al haberse tomado para determinados países los valores del módulo de calidad de vida correspondientes a 2021, en lugar de los correspondientes a 2022, lo que ha repercutido en los valores finales de los módulos aprobados.

En virtud de lo anterior, he tenido a bien

disponer:

PRIMERO.

Detectado error material en los valores de los módulos de calidad de vida y/o de equiparación del poder adquisitivo correspondientes a determinados países, se detallan a continuación los valores correctos de los mismos, con efectos de 1 de enero de 2023:

 

 

PAIS

 

MCV

 

MPA I

 

MPA II

MOZAMBIQUE (Rep Popular)

2,750

1,719

1,395

MYANMAR

2,850

1,499

1,134

PAISES BAJOS (Reino)

1,950

1,944

1,415

PANAMA (Rep)

2,450

1,613

1,230

REIN O UNIDO

2,000

2,249

1,262

SIRIA (Rep Árabe)

2,850

1,510

1,153

SUDÁN

2,900

1,959

1,594

SUDÁN DEL SUR

3,000

1,971

1,580

SU IZA (Confederación)

1,950

2,312

1,882

VIETNAM

2,600

1,629

1,251

SEGUNDO.

Los módulos de equiparación del poder adquisitivo y de calidad de vida que son de aplicación a los funcionarios destinados en el extranjero, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4 del Real Decreto 6/1995, de 13 de enero, con la redacción dada en el Real Decreto 3450/2000, de 22 de diciembre, se fijan en los valores del Anexo a la presente Orden, que incorpora las modificaciones detalladas en el apartado Primero de la misma, y sustituye, con efectos de 1 de enero de 2023, al Anexo recogido en la Orden Comunicada de 28 de diciembre de 2022.

TERCERO.

Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados precedentes, las actualizaciones a que se refiere el apartado Séptimo de la Orden Comunicada de 28 de diciembre de 2022 serán realizadas, en su caso, sobre los valores contenidos en el Anexo de la presente Orden o sus sucesivas actualizaciones, de conformidad con la metodología recogida en los apartados Séptimo y Octavo de la mencionada Orden Comunicada.

LA MINISTRA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA, María Jesús Montero Cuadrado

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SRES. SUBSECRETARIOS DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES.


 

ANEXO A LA ORDEN COMUNICADA

MÓDULOS DE CALIDAD DE VIDA Y DE EQUIPARACIÓN DEL PODER ADQUISITIVO