§ 40. Resolución de 5 de mayo de 2008, de Loterías y Apuestas del
Estado, por la que se delegan competencias en materia de contratación para
determinados supuestos (BOE nº 110 de 6 de mayo de 2008)
De conformidad con lo previsto
en la Ley
30/2007, de 30 de octubre de 2007, de Contratos del Sector Público, y de
acuerdo con informe de la Asesoría Jurídica de la Secretaría de
Estado de Hacienda y Presupuestos, de 9 de abril de 2008, previamente
confirmado por la
Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico
del Estado con fecha 8 de abril de 2008, la entidad pública empresarial
Loterías y Apuestas del Estado, a efectos de la mencionada Ley, no tiene la
consideración de poder adjudicador y tampoco la de Administración Pública. De
acuerdo con lo expuesto, Loterías y Apuestas del Estado, de conformidad con lo
previsto en el artículo 176 de la mencionada Ley 30/2007, de 30 de octubre, de
Contratos del Sector Público, y previo informe del Servicio Jurídico del Estado
de 24 de abril de 2008 ha
procedido a la elaboración de la Instrucción reguladora de su procedimiento de
contratación. Norma que ha sido publicada, tal y como establece la citada ley,
en el perfil del contratante de la entidad pública empresarial establecido en
su página Web: www.onlae.terra.es Por otra parte, con el fin de alcanzar una
mayor eficacia en el ejercicio de la actividad propia de Loterías y Apuestas
del Estado, y que el procedimiento de contratación elaborado sea realmente
efectivo, es preciso llevar a cabo, por parte de la Dirección General
la delegación de competencias en materia de contratación prevista en esta
Resolución, y con los límites que la misma establece, a favor de los órganos
directivos constituidos en la Resolución de 5 de septiembre de 2007 de esta
Dirección General. Por todo ello, teniendo en cuenta el artículo 8.2 del Real
Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la
entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado, que establece las
funciones atribuidas al Director General de la Entidad, y de conformidad
con lo previsto en el artículo 13 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:
Primero.-Se
delega con carácter permanente en cada uno de los Directores de Loterías y
Apuestas del Estado previstos en la Resolución de 5 de septiembre de 2007, aprobada
por la Secretaría
de Estado de Hacienda y Presupuestos, la competencia para la apertura de los
expedientes de contratación, la aprobación del gasto, la tramitación y
adjudicación de los contratos así como, en su caso, la formalización de estos
últimos, en materias propias del funcionamiento de su unidad hasta el importe
de seis mil euros (6.000 euros), inclusive.
Segundo.-Se delega
con carácter permanente en el Director Adjunto de Coordinación la competencia
para la apertura de los expedientes de contratación, la aprobación del gasto,
la tramitación y adjudicación de los contratos así como, en su caso, la
formalización de estos últimos, hasta el importe de cincuenta mil euros (50.000
euros), inclusive, con excepción de lo previsto en el punto primero de esta
Resolución.
Tercero.-a) La
delegación de competencia prevista en el punto primero, se entenderá asimismo,
y por el orden que se cita, a favor del Director Adjunto de Coordinación,
Director de Gestión y Producción y el Director Adjunto de Servicios
Corporativos, en los supuestos de ausencia, enfermedad o vacante. b) La
delegación de competencia prevista en el punto segundo, se entenderá asimismo,
y por el orden que se cita, a favor del Director de Gestión y Producción y el
Director Adjunto de Servicios Corporativos, en los supuestos de ausencia,
enfermedad o vacante.
Cuarto.-En las
resoluciones, contratos y actos en que se actúe por delegación se hará constar
la autoridad de procedencia.
Quinto.-Las
competencias antes citadas se delegan sin perjuicio de la facultad de avocación
prevista en el artículo 14 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Sexto.-Quedan
derogadas las siguientes disposiciones:
1. La Resolución de 5
de septiembre de 2005 (B.O.E. de 29 de septiembre), de la Dirección General
de Loterías y Apuestas del Estado, por la que se crea la Junta de Contratación y la Mesa Permanente de
Contratación de dicha entidad.
2. El apartado d) del punto
primero de la
Resolución de 10 septiembre 2007 (B.O.E. de 13 de
septiembre), de la
Dirección General de Loterías y Apuestas del Estado por la
que se delegan competencias en sus órganos directivos.
Séptimo.-La
presente resolución entrará en vigor el día de su publicación.
Madrid, 5 de mayo de 2008.-El
Director General de Loterías y Apuestas del Estado, P. S. (Resolución de 10 de
septiembre de 2007), el Director de Gestión y Producción de Loterías y Apuestas
del Estado, Juan Antonio Cabrejas García.