§ 48. Orden de 1 de
marzo de 1977 por la que se extiende el fraccionamiento de billetes de
El Decreto 2429/1966, de 13 de agosto, facultó a
este Ministerio para conceder autorizaciones de fraccionamiento de billetes de
Posteriormente,
La experiencia adquirida durante todo este tiempo,
de una parte; de otra, el gran número de solicitudes de autorización formuladas
por entidades y asociaciones que desean acogerse a dicho fraccionamiento en
sorteos distintos de los extraordinarios y, finalmente, el aumento del número
de sorteos especiales previsto para años venideros, son elementos a considerar
en orden a una revisión de la limitación hoy en vigor para que, además de
facilitar al máximo al jugador de modesta condición económica un medio de
participar en
Asimismo, ese notable incremento experimentado de
año en año por las solicitudes de autorización que, al estar centralizada en el
Servicio Nacional de Loterías, supone una indudable traba para su agilización y
rápida tramitación, induce a considerar la conveniencia de que tales
autorizaciones, con excepción de las deducidas por entidades o asociaciones de ámbito
nacional, sean concedidas y tramitadas por las respectivas Delegaciones de Hacienda,
lográndose así aquellos objetivos en beneficio de los peticionarios y del
propio servicio.
En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien
disponer:
1.º Las autorizaciones de fraccionamiento de
billetes de
2.º La concesión de dichas autorizaciones
corresponderá:
a) Al Servicio Nacional de Loterías, cuando los
peticionarios sean entidades o asociaciones de ámbito nacional o radiquen en la
provincia de Madrid.
b) A las Delegaciones de Hacienda respecto de las
entidades o asociaciones radicadas en el termino de su jurisdicción provincial
o territorial.
3.º El mínimo de la cantidad que debe comprender
cada autorización será de 50.000 pesetas por sorteo.
4.º Quedan subsistentes en su integridad las restantes
disposiciones de
5.º Para la expedición de participaciones sin
sobreprecio se estará a lo dispuesto en el artículo 274 de la vigente
Instrucción de Loterías.
6.º Queda derogada la orden de 21 de enero
restantes disposiciones de
7.º La presente orden entrara en vigor el día primero
de abril de 1977.
(…)