NORMA
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ORDEN EHA/546/2006, de
21 de febrero, por la que se aprueba el modelo de autoliquidación y pago de
la tasa prevista en el artículo 23 de la Ley 19/1988, de 12 de julio, de
Auditoría de Cuentas. |
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PUBLICADO EN:
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Boletín Oficial del Estado n.º 52/2006 de 2 de marzo. Boletín Oficial del Ministerio de Economía y
Hacienda
n.º 11/2006 de 16 de marzo. |
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TRIBUTO-MATERIA
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XVII. Tasas estatales y
Tributos s/ Juego |
Modelo de autoliquidación
y documento de ingreso de la tasa del Instituto de Contabilidad y Auditoría
de Cuentas por emisión de informes de auditoría de cuentas. |
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NORMAS DE REFERENCIA
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Deroga: |
Anexo I de la Orden
ECO/541/2003, de 10 de marzo. |
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Desarrolla: |
Real Decreto 181/2003, de
14 de febrero, por el que se determinan las normas de liquidación y pago de
la tasa del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por emisión de informes
de auditoría de cuentas (art. 6). |
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ORDEN EHA/546/2006, de 21 de febrero, por la que se
aprueba el modelo de autoliquidación y pago de la tasa prevista en el artículo
23 de la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas.
La Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de
Reforma del Sistema Financiero, a través del apartado noveno de su artículo 53,
introdujo un nuevo artículo 23 en la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría
de Cuentas, creando la tasa del Instituto de Contabilidad y Auditoría de
Cuentas por emisión de informes de auditoría de cuentas.
En
cumplimiento del apartado 7 del artículo 23 de la Ley 19/1988 se dictó el Real
Decreto 181/2003, de 14 de febrero, por el que se determinaron
reglamentariamente las normas de liquidación y pago de la tasa, estableciendo
asimismo la obligación para los sujetos pasivos de autoliquidación e ingreso
del importe fijado en la Ley 19/1988.
El
artículo 6 del citado Real Decreto prevé que el modelo de autoliquidación y
pago de la citada tasa se determine por las normas de desarrollo, ajustándose
al modelo de documento de ingreso que resulte aplicable de entre los aprobados
por la Orden de 4 de junio de 1998, por la que se regulan determinados aspectos
de la gestión recaudatoria de las tasas que constituyen derechos de la Hacienda
Pública, modificada por la Orden de 11 de diciembre de 2001, habilitando para
ello al Ministro de Economía y Hacienda.
En
uso de la anterior habilitación, mediante la Orden ECO/541/2003, de 10 de
marzo, se aprobó el modelo de autoliquidación y pago de la tasa prevista en el
artículo 23 de la Ley 19/1988, en el que se incluían los importes fijados en la
Ley 19/1988.
El
apartado primero del artículo 62 de la Ley 61/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2004 eleva a partir del 1 de enero de 2004 los
tipos de cuantía fija de las tasas de la Hacienda estatal hasta la cuantía que
resulte de la aplicación del coeficiente 1,02 al importe exigible durante el
año 2003.
El
apartado primero del artículo 66 de la Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2005 eleva a partir del 1 de
enero de 2005 los tipos de cuantía fija de las tasas de la Hacienda estatal hasta
la cuantía que resulte de la aplicación del coeficiente 1,02 al importe exigible
durante el año 2004.
El
apartado primero del artículo 66 de la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2006 eleva a partir del 1 de enero de 2006 los
tipos de cuantía fija de las tasas de la Hacienda estatal hasta la cuantía que
resulte de la aplicación del coeficiente 1,02 al importe exigible durante el
año 2005.
La
presente Orden tiene por objeto la sustitución del modelo de autoliquidación y
pago al que se refiere el artículo 6 del Real Decreto 181/2003, actualizando
los importes a pagar por los auditores, conforme al incremento establecido en
la anterior Ley 30/2005.
En
su virtud,
dispongo:
Artículo
1. Modelo de autoliquidación.
Se
aprueba el modelo de autoliquidación y documento de ingreso de la tasa prevista
en el artículo 23 de la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas
que figura en el Anexo de la presente Orden, en el que se han actualizado las
cuantías fijas de la tasa, en aplicación de los incrementos fijados en las
Leyes 61/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2004; 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para
el año 2005, y 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para año 2006.
Este
modelo sustituye al aprobado mediante la Orden ECO/541/2003, de 10 de marzo,
como anexo I de la misma, en el que se incluían las cuantías fijadas en la Ley
19/1988.
Artículo
2. Descarga del impreso.
El
modelo de autoliquidación deberá descargarse de la página Web del Instituto de
Contabilidad y Auditoría de Cuentas, cuya dirección es www.icac.meh.es.
Disposición
final única. Entrada en vigor.
La
presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE.
Lo
que comunico para su conocimiento y efectos.
Madrid,
21 de febrero de 2006.—Solbes Mira.