NORMA
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RESOLUCIÓN de 24 de
marzo de 2006, de |
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PUBLICADO EN:
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Boletín Oficial del Estado n.º 311/2005 de 29 de diciembre. |
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TRIBUTO-MATERIA
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II.A. I.R.P.F. III. Impuesto Sociedades |
Tipo de interés a efectos
de calificación y retención de activos financieros con rendimiento mixto. |
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NORMAS DE REFERENCIA
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Desarolla: |
Reglamento I.R.P.F.,
aprobado por R. Decreto 1775/2004, de 30 de julio (art. 89.4). Reglamento I.
s/Sociedades, aprobado por R. Decreto 1777/2004, de 30 de julio (art. 61.3). |
RESOLUCIÓN de 24 de marzo de 2006, de
A
efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los
activos financieros con rendimiento mixto, conforme a lo previsto en el
artículo 89 del Reglamento del Impuesto sobre
1. Los tipos efectivos equivalentes a los precios medios ponderados redondeados registrados en las últimas subastas del primer trimestre del año 2006 en que se han adjudicado Bonos y Obligaciones del Estado son los siguientes:
Emisión |
Fecha subasta |
Tipo de interés efectivo - Porcentaje |
Bonos del Estado a 3 años al 2,90
por 100, vto. 31-10-2008 |
02-02-2006 |
3,079 |
Bonos del Estado a 5 años al 3,25 por
100, vto. 30-07-2010 |
02-03-2006 |
3,265 |
Obligaciones del Estado a 10 años
al 3,15 por 100, vto. 31-01-2016 |
16-03-2006 |
3,694 |
Obligaciones del Estado a 30 años al 4,20 por 100, vto. 31-07-2037 |
16-02-2006 |
3,806 |
No
habiéndose efectuado subastas de Obligaciones del Estado a quince años durante
dicho trimestre.
2. En consecuencia, a efectos
de lo previsto en los artículos 61 y 89 de los Reglamentos del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto
sobre