NORMA
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ORDEN FOM/1672/2007, de 30
de mayo, por la que se adapta |
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PUBLICADO
EN:
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Boletín Oficial del Estado n.º 140/2007 de 12 de junio. Boletín Oficial del Ministerio de
Economía y Hacienda n.º
25/2007 de 21 de junio. |
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TRIBUTO-MATERIA
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XVII. Tasas estatales y Tributos s/
Juego |
Tasa por prestación
de servicios y utilización del dominio público aeroportuario:
Actualización Tarifa B-2 relativa a la utilización de las zonas
de aparcamiento de vehículos establecidas en los aeropuertos. |
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NORMAS
DE REFERENCIA
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Modifica: |
Ley 25/1998, de 13 de
julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas y de
reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de carácter
público (art. 9 bis.dos). |
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ORDEN FOM/1672/2007, de 30
de mayo, por la que se adapta la tarifa B-2, aparcamientos, de la tasa por
prestación de servicios y utilización del dominio público
aeroportuario a la Ley 44/2006, de 28 de diciembre, de mejora de la protección
de los consumidores y usuarios.
La Tarifa B-2 relativa a la
utilización de las zonas de aparcamiento de vehículos establecidas
en los aeropuertos, explotadas directamente por la Entidad Pública
Empresarial «Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea»,
viene regulada dentro de la Tasa por prestación de servicios y utilización
del dominio público aeroportuario establecida en la Ley 25/1998, de 13
de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas y de reordenación
de las Prestaciones Patrimoniales de carácter público.
La
cuantía y estructura de dicha tasa viene determinada en el artículo
9.Bis 2 de la citada Ley, en la redacción dada al mismo por el
artículo 71 la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para 2006 en la que se determina la cuantía de la
tarifa por hora o fracción y que ha sido objeto de actualización
conforme a lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 42/2006, de 28 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2007, manteniendo la referencia de
cobro a la hora o fracción.
El artículo 1 de la Ley
40/2002, de 14 de noviembre, Reguladora del Contrato de Aparcamiento de
Vehículos, en la redacción dada por el artículo 3 de la
Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de Mejora de Protección de los
Consumidores y Usuarios, establece que en esta modalidad de estacionamiento
rotatorio el precio se pactará por minuto de estacionamiento sin
posibilidad de redondeos a unidades de tiempo no efectivamente consumidas o
utilizadas, lo que exige modificar las cuantías ahora vigentes, al objeto
de adaptarlas a la citada previsión legal.
El artículo 9.4 de la
Ley 25/1998 ya citada, prevé que la modificación de las
cuantías fijas resultantes de la aplicación de los elementos y
criterios a que se refieren los apartados anteriores podrá efectuarse
mediante Orden ministerial.
En su virtud
dispongo:
Primero.
Las cuantías de las
tarifas B.2.1.1. y B.2.1.2 de la Tasa por prestación de servicios y
utilización del dominio público aeroportuario, serán las
que a continuación se expresan:
B.2.1.1 Automóviles y motocicletas
Grupo |
Aeropuerto |
Precio |
Precio |
Precio |
Máximo diario |
Máximo |
A |
Peninsular |
0,020000 |
0,031667 |
0,025741 |
16,95 |
13,55 |
No Peninsular |
0,000000 |
0,016667 |
0,015877 |
10,00 |
8,00 |
|
B |
Peninsular |
0,016667 |
0,023333 |
0,020625 |
13,55 |
10,80 |
No Peninsular |
0,000000 |
0,013333 |
0,012500 |
7,90 |
6,30 |
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C |
Peninsular |
0,013333 |
0,016667 |
0,015417 |
10,15 |
8,10 |
No Peninsular |
0,000000 |
0,010000 |
0,010833 |
6,80 |
5,40 |
|
D |
Peninsular |
0,013333 |
0,016667 |
0,012500 |
8,40 |
6,70 |
No Peninsular |
0,000000 |
0,010000 |
0,010833 |
6,80 |
5,40 |
B.2.1.2 Autobuses
Grupo |
Aeropuerto |
Precio por minuto |
Máximo diario |
A |
Peninsular |
0,025741 |
16,95 |
No Peninsular
|
0,015877 |
10,00 |
|
B |
Peninsular |
0,020625 |
13,55 |
No Peninsular
|
0,012500 |
7,90 |
|
C |
Peninsular |
0,015417 |
10,15 |
No Peninsular
|
0,010833 |
6,80 |
|
D |
Peninsular |
0,012500 |
8,40 |
No Peninsular
|
0,010833 |
6,80 |
Segundo.
La presente orden
entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.
Madrid, 30 de mayo de
2007.— La Ministra de Fomento, Magdalena Álvarez Arza.