Resolución de 23 de diciembre de 2009, de
(BOE de 5 de febrero de 2010)
(texto original)
El Ministerio de la Presidencia tiene atribuida la competencia sobre la gestión económica y financiera de ingresos de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, según el artículo 17.1.c) del Real Decreto 1039/2009, de 29 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia y se modifica el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Asimismo, el Ministerio de Economía y Hacienda dictó la
Orden de 4 de junio de 1998 (BOE n.º 134 de 5 de junio de 1998), por la que se
regulan determinados aspectos de la gestión recaudatoria de las tasas que
constituyen derechos de
Por todo ello, dispongo:
Primero
Incluir en el Anexo I de
Segundo
El formulario normalizado para este nuevo trámite, así como la liquidación de la tasa correspondiente, se difundirá a través del apartado de «Registro Electrónico» de la página web www.mpr.es, conteniendo los datos de identificación del destinatario del servicio o actividad administrativa, de la solicitud al Servicio Médico de Sanidad Exterior de un Centro de Vacunación Internacional, así como de la liquidación de la tasa.
Tercero
Los requisitos técnicos de acceso al Registro Electrónico y las instrucciones de firma electrónica del formulario son los difundidos a través del apartado de «Registro Electrónico» de la página web www.mpr.es.
Cuarto
Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.