Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, en materia sancionadora

(BOE de 24 de noviembre de 2009)

(…)

Disposición final tercera. Modificación de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria

El párrafo j) del apartado 1 del artículo 95 queda redactado del siguiente modo:

«j) La colaboración con órganos o entidades de derecho público encargados de la recaudación de recursos públicos no tributarios para la correcta identificación de los obligados al pago y con la Dirección General de Tráfico para la práctica de las notificaciones a los mismos, dirigidas al cobro de tales recursos.»

Disposición final cuarta. Título competencial

La presente Ley se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.21 de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor.

Se exceptúa de lo anterior:

La disposición final primera, que se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.18 de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva para regular el procedimiento administrativo común.

La disposición final segunda, que se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.6 de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación mercantil.

La disposición final tercera, que se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.14 de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de Hacienda General.

(...)

Disposición final séptima. Entrada en vigor

La presente Ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», salvo los artículos 9.bis 2, 59 bis, 77 y 78, que entrarán en vigor en el plazo de 1 año, y los efectos de esta Ley que sean favorables para el infractor, que entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».