Real Decreto 485/2009, de 3 de abril, por el que se regula la
puesta en marcha del suministro de último recurso en el sector de la energía
eléctrica
(BOE de 4 de abril de 2009)
(…)
Disposición transitoria cuarta. Financiación de
De conformidad con lo establecido en la disposición
transitoria séptima.1 de la Ley 12/2007, de 2 de julio, por la que se modifica
la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, con el fin de
adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/55/CE del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado
interior del gas natural, en relación con lo previsto en la disposición
transitoria segunda.1 de la Ley 17/2007, de 4 de julio, y el artículo 1.2 del
presente real decreto, hasta el 1 de julio de 2009, además de los dispuesto en
el apartado 2, Segundo c) de la disposición adicional duodécima de la Ley
34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, constituirá base
imponible de la tasa para la financiación de
(…)