Resolución de 17 de noviembre de 2011, de la Subsecretaría, por la que se incluye en el registro electrónico del departamento el trámite de liquidación de la tasa con código 056 "Tasa por reconocimientos, autorizaciones y concursos"
(BOE de 1 de diciembre de 2011 y corrección de errores en BOE de
29 de diciembre de 2011)
El Ministerio de Política Territorial y Administración Pública tiene atribuida la competencia sobre la gestión económica y financiera de ingresos de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, según el artículo 13.1.d) del Real Decreto 393/2011, de 18 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública.
Asimismo, el Ministerio de Economía y Hacienda dictó la Orden de 4 de junio de 1998 (BOE n.º 134, de 5 de junio), por la que se regulan determinados aspectos de la gestión recaudatoria de las tasas que constituyen derechos de la Hacienda Pública, modificada por Orden de 11 de diciembre de 2001 (BOE n.º 305, de 21 de diciembre de 2001), que concreta las tasas que ha de recaudar cada ministerio y establece que la tasa con código 056 es competencia del Ministerio de Administraciones Públicas, competencia actualmente asumida por el Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, según el Real Decreto 393/2011 citado en el párrafo anterior.
La presente Resolución tiene como objetivo facilitar la liquidación de la tasa con código 056 «Tasa Reconocimientos, Autorizaciones y Concursos», gestionada por el Ministerio de Política Territorial y Administración Pública.
Por todo ello, dispongo:
Primero
Incluir en el Anexo I de la Orden TAP/1955/2011, de 5 de julio (BOE de 15 de julio) relativo a los Procedimientos susceptibles de tramitación a través del Registro Electrónico, el trámite denominado «Liquidación de la tasa con código 056, Tasa por Reconocimientos, Autorizaciones y Concursos». Este procedimiento comprenderá la liquidación de la mencionada tasa y la recepción de la declaración del pago efectuado.
Segundo
El formulario normalizado para este nuevo trámite, así como la liquidación de la tasa correspondiente, se difundirá a través del apartado de «Registro Electrónico» de la página web www.mpt.gob.es, conteniendo los datos de identificación del destinatario del servicio o actividad administrativa, de la solicitud efectuada a la Administración, así como de la liquidación de la tasa.
Tercero
Los requisitos técnicos de acceso al Registro Electrónico y las instrucciones de firma electrónica del formulario son los difundidos a través del apartado de «Registro Electrónico» de la página web www.mpt.gob.es.
Cuarto
Esta resolución entrará en vigor el día 1 de enero de 2012.