NORMA
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PUBLICADO EN:
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Boletín Oficial del Estado n.º 176, de 24 de julio de 2003. Boletín Oficial de los Ministerios de Hacienda y Economía n.º 32/2003, de 4 de septiembre. |
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TRIBUTO-MATERIA
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ORDEN FOM/2083/2003, de 18 de julio, por la que se modifica parcialmente el anexo 1 del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, relativo a las tarifas por ayudas a la navegación aérea (Eurocontrol). |
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XI. Tasas y Tributos Juego |
Tarifas a aplicar por el uso de la red de ayudas a la navegación aérea (Eurocontrol). |
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NORMAS DE REFERENCIA
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Modifica: |
Decreto 1675/1972, de 26 de junio (Anexo I, apartado quinto, en redacción dada por Orden del Ministro de Fomento de 20 de diciembre de 2002). |
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Desarolla: |
Ley 25/1998, de 13 de julio (art. 3). |
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ORDEN
FOM/2083/2003, de 18 de julio, por la que se modifica parcialmente el anexo 1 del
Decreto 1675/1972, de 26 de junio, relativo a las tarifas por ayudas a la
navegación aérea (Eurocontrol).
De
acuerdo con lo establecido por el artículo 3 de la Ley 25/1998, de 13 de julio,
de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de
Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público, y de
conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo Multilateral relativo a las tarifas
por ayudas a la navegación aérea, hecho en Bruselas el 12 de febrero de 1981,
que ha sido ratificado por España mediante Instrumento de 14 de abril de 1987,
en particular con lo establecido en el párrafo 2.e) del artículo 3 y en el
párrafo 1.a) del artículo 6 de dicho Acuerdo, y en ejecución de las Decisiones
números 73 y 74 adoptadas por la Comisión Ampliada de Eurocontrol el día 3 de
julio de 2003, se modifica parcialmente el apartado quinto, párrafo 2, del
anexo 1 del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, por el que se aprueban las
tarifas a aplicar por el uso de la Red de Ayudas a la Navegación Aérea, según
la redacción dada por la Orden del Ministro de Fomento de 20 de diciembre de
2002, por la que se establecen las tarifas aplicables a partir del 1 de enero
de 2003, para el establecimiento de nuevas tarifas unitarias por el uso de sus
redes de ayudas a la navegación aérea en Albania y la República Checa.
En
su virtud,
dispongo:
Primero.
Se
modifica la referencia a la tarifa unitaria correspondiente a la República
Checa que figura en el apartado quinto, párrafo 2, del anexo 1 del Decreto 1675/1972,
de 26 de junio, por el que se aprueban las tarifas a aplicar por el uso de la
red de ayudas a la navegación aérea (Eurocontrol), según la redacción dada por
la Orden del Ministro de Fomento de 20 de diciembre de 2002, que se sustituye
por la siguiente:
Estado:
República Checa ; Tarifa unitaria 34,80 Euros.
Segundo.
Se
establece la tarifa unitaria de Albania que será de 52,57 Euros.
Tercero.
Esta
Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE, si
bien sus efectos se producirán desde el día 1 de julio de 2003, de conformidad
con lo determinado en las Decisiones números 73 y 74 adoptadas por la Comisión
Ampliada de Eurocontrol el día 3 de julio de 2003.
Madrid,
18 de julio de 2003.—Álvarez-Cascos Fernández.