§xv.1Convenios suscritos por España para evitar
la doble imposición y prevenir la evasión
y el fraude fiscal

(Reseñas de convenios publicados en el BOE)

 

Convenio

Fecha

Instrumento
Ratificación

BOE

Albania

2-7-2010

 

15-3-2011 y 26-5-2011

Alemania

3-02-2011

 

30-7-2012

Andorra

8-1-2015

 

7-12-215

Arabia Saudí

19-6-2007

 

14-7-2008

Argelia

7-10-2002

 

22-7-2005
y 4 de abril de 2007

Argentina

11-3-2013

2-12-2013

14-1-2014

Armenia

16-12-2011

 

17-4-2012

Australia

24-3-1992

 

29-12-1992 y 10-3-1993

Austria([1])

20-12-1966 y

24-2-1995

14-9-1967 y

11-9-1995

6-1-1968, 2-10-1995 y

6-9-1996

Azerbaiyán ([2])

 

 

 

Barbados

1-12-2010

 

14-9-2011

 

Bélgica([3])

 

Acta adicional

Protocolo que lo modifica

Protocolo que lo modifica

14-6-1995

 

22-6-2000

23-4-2018

24-7-2018

18-12-1995

 

4-3-2003

 

 

4-7-2003, 10-12-2003

y 22-4-2004

4-7-2003

23-5-2018

2-8-2018

 

Bielorrusia

14-06-2017

 

2-03-2021

 

Bolivia

30-6-1997

18-9-1998

10-12-1998

 

Bosnia y Herzegovina

5-2-2008

 

5-11-2010

 

Brasil([4])

14-11-1974

22-3-1975

31-12-1975

 

Bulgaria

6-3-1990

14-6-1991

12-7-1991 y 21-9-1991

 

Cabo Verde

05-06-2017

 

02-12-2020

 

Canadá (Convenio y Protocolo de modificación)

23-11-1976

18-11-2014

10-4-1978

6-2-1981

08-10-2015

 

Catar

10-09-2015

 

15-12-2017

 

Chequia([5])

8-5-1980

12-3-1981

14-7-1981

 

Chile

7-7-2003

 

2-2-2004

 

China

28-11-2018

 

30-03-2021

 

China (Región Especial Administrativa de Hong Kong)

1-4-2011

 

14-4-2012

 

Chipre

14-02-2013

 

26-05-2014

 

Colombia

31-3-2005

8-7-2008

28-10-2008

 

Corea

17-1-1994

8-11-1994

15-12-1994 y 5-9-1996

 

Costa Rica

4-3-2004

 

1-1-2011

 

Croacia

19-5-2005

 

23-5-2006
y 29-3-2007

 

Cuba
(canje notas de modificación)

3-2-1999
(9-11-1999 y 30-12-1999)

 

10-1-2001 y 22-5-2001

 

Dinamarca (convenio y protocolo de modificación) ([6])

 

 

 

 

Ecuador

20-5-1991

16-4-1993

5-5-1993

 

EE.UU. **([7])

22-2-1990

25-10-1990

22-12-1990 y 24-2-1993

 

Egipto

10-6-2005

 

11-7-2006

 

El Salvador

7-7-2008

 

5-6-2009

 

Emiratos Arabes Unidos

5-3-2006

 

23-1-2007
y 28-3-2007

 

Eslovaquia([8])

8-5-1980

12-3-1981

14-7-1981

 

Eslovenia

23-5-2001

 

28-6-2002

 

Estonia

3-9-2003

 

3-2-2005

 

Federación Rusa

16-12-1998

 

6-7-2000

 

Filipinas

14-3-1989

7-9-1994

15-12-1994 y 7-6-1997

 

Finlandia

15-12-2015

 

29-5-2018

 

Francia([9])

10-10-1995

 

12-6-1997

 

Georgia

07-6-2010

 

1-6-2011

 

Gran Bretaña

14-3-2013

 

15-05-2014

 

Grecia

4-12-2000

 

2-10-2002

 

Hong Kong([10])

 

 

 

 

Hungría

9-7-1984

 

24-11-1987

 

India

8-2-1993

25-10-1994

7-2-1995 y 27-6-1996

 

Indonesia

30-5-1995

17-9-1999

14-1-2000

 

Irán

19-7-2003

12-12-2005

2-10-2006

 

Irlanda

10-2-1994

13-10-1994

27-12-1994 y 30-8-1995

 

Islandia

22-1-2002

 

18-10-2002

 

Israel

30-11-1999

 

10-1-2001

 

Italia

8-9-1977

10-4-1978

22-12-1980

 

Jamaica

8-7-2008

 

12-5-2009

 

Japón

16-10-2018

 

26-02-2021

 

Kazagstán

2-7-2009

 

3-6-2011

 

Kirguizistán (Convenio con la disuelta U.R.S.S.)

1-3-1985

16-5-1986

22-9-1986

 

Kuwait

26-5-2008

 

5-6-2013

 

Letonia

4-9-2003

 

10-1-2005 y 8-3-2005

 

Lituania

22-7-2003

 

2-2-2004 y 29-3-2004

 

Luxemburgo
(protocolo modif.)

3-6-1986
10-11-2009

10-4-1987

4-8-1987
31-5-2010

 

Macedonia

20-6-2005

 

03-1-2006

 

Malasia

24-5-2006

 

13-2-2008

 

Malta

8-11-2005

 

7-9-2006

 

Marruecos([11])

10-7-1978

4-12-1984

22-5-1985 y 9-8-2000

 

México([12])

24-7-1992

5-10-1994

27-10-1994  y 4-1-1995

 

Moldavia

8-10-2007

 

11-4-2009

 

Nigeria

23-6-2009

 

13-4-2015

 

Noruega

6-10-1999

11-12-2000

10-1-2001

 

Nueva Zelanda

28-7-2005

 

11-10-2006

 

Omán

30-4-2014

 

8-9-2015

 

Países Bajos([13])

16-6-1971

15-6-1972

16-10-1972 y 18-3-2004

 

Panamá

7-10-2010

 

4-7-2011

 

Paquistán

2-6-2010

 

16-5-2011

 

Polonia

15-11-1979

20-6-1980

15-6-1982

 

Portugal([14])

26-10-1993

3-3-1995

7-11-1995

 

República Dominicana

16-11-2011

 

2-7-2014

 

Rumania

24-5-1979

17-6-1980

2-10-1980

 

Senegal

5-12-2006

 

29-12-2014

 

Serbia

9-3-2009

 

25-1-2010

 

Singapur

13-4-2011

 

11-1-2012

 

Sudáfrica

23-6-2006

 

15-2-2008

 

Suecia([15])

16-6-1976

7-12-1976

22-1-1977 y 15-2-1977

 

Suiza([16])
(protocolo modif.)
(protocolo modif.)

26-4-1966
29-6-2006
27-07-2011

26-1-1967

3-3-1967 y 3-4-1967
27-3-2007
11-6-2013

 

Tailandia

14-10-1997

17-7-1998

9-10-1998

 

Tayikistán (Convenio con la disuelta U.R.S.S.)

1-3-1985

16-05-1986

22-9-1986

 

Timor Oriental (Convenio con Indonesia)

 

 

 

 

Trinidad y Tobago

17-2-2009

 

8-12-2009

 

Túnez

2-7-1982

21-10-1986

3-3-1987

 

Turquía

5-7-2002

 

19-1-2004, 9-3-2004 y
8-4-2004

 

Ucrania (Convenio con la disuelta U.R.S.S.)

1-3-1985

16-5-1986

22-9-1986

 

Uruguay

9-10-2009

 

12-04-2011

 

Uzbekistán

8-7-2013

 

10-9-2015

 

Venezuela

8-4-2003

 

15-6-2004

 

Vietnam

7-3-2005

 

10-1-2006
y 4 de abril de 2007

 

Otros Convenios y Acuerdos internacionales:

Acuerdo Amistoso, de 30 de enero y 15 de febrero de 2006, relativo a la aplicación del Convenio para evitar la doble imposición entre España y Estados Unidos, hecho en Madrid el 22 de febrero de 1990 (BOE de 13 de agosto de 2009).

Convenios para evitar la doble imposición en relación con la navegación marítima o aérea:

Canje de notas con Sudáfrica, constitutivo de Acuerdo, de 16 de octubre de 1973 (BOE de 19 de diciembre de 1973).

Convenio relativo a la supresión de la doble imposición en caso de corrección de beneficios de empresas asociadas, hecho en Bruselas el 23 de julio de 1990 con los países de la Unión Europea, ratificado por Instrumento de 10 de abril de 1992 (BOE de 21 de diciembre de 1994); modificado según Protocolo de 25 de mayo de 1999 (BOE de 26 de enero de 2000), al cual se adhieren Austria, Finlandia y Suecia, según Convenio de 21 de diciembre de 1995, ratificado por España el 15 de septiembre de 1999 (BOE de 25 de noviembre de 1999), y según el Convenio de 8 de octubre de 2004 relativo a la adhesión de las Repúblicas Checa, de Estonia, de Chipre, de Letonia, de Lituania, de Hungría, de Malta, de Polonia, de Eslovenia y la Eslovaca al citado Convenio, hecho en Bruselas el 8 de diciembre de 2004 y ratificado el 24 de julio de 2007 (BOE de 25 de septiembre de 2007).

Véanse, con respecto a las relaciones diplomáticas y consulares entre Estados, las Convenciones de Viena de 18 de abril de 1961 y 24 de abril de 1963, a las cuales se adhirió España por Instrumentos de 21 de noviembre de 1967 y 3 de febrero de 1970 (BOE de 24 de enero de 1968 y 6 de marzo de 1970). Con respecto a la Iglesia Católica véase el Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos, ratificado por Instrumento de 3 de enero de 1979 (BOE de 15 de diciembre de 1979).

Otros Convenios que contienen cláusulas fiscales: Acuerdos sobre Privilegios e Inmunidades. Entre ellos, el del Tribunal Internacional del Derecho del Mar de 23 de mayo de 1997, ratificado por Instrumento de 23 de diciembre de 2000 (BOE de 17 de enero y 2 de febrero de 2002); Canje de Cartas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República Francesa sobre el régimen fiscal de las instituciones docentes y culturales por el que se modifica el Acuerdo actualmente vigente de 28 de febrero de 1974, hecho en Málaga el 26 de noviembre de 2002 (BOE de 14 de agosto de 2004); de la Corte Penal Internacional, hecho en Nueva York el 9 de septiembre de 2002 (BOE de 7 de diciembre de 2009); Convenio constitutivo de la “Organización Internacional de Telecomunicaciones Marítimas por Satélite (Inmarsat)”, hecho en Londres el 3 de septiembre de 1976 (Instrumento de ratificación publicado en el BOE de 8 de agosto de 1979) y Protocolos y Enmiendas al citado (BOE de 23 de octubre de 1989, 5 de marzo de 1991, 10 de enero de 1998, 8 de junio de 2001 y 28 de noviembre de 2008), actualmente Organización Internacional de Telecomunicaciones móviles por satélite (IMSO) (BOE de 19 de junio de 2010); Aplicación Provisional del Acuerdo de Sede, Privilegios e Inmunidades entre el Reino de España y la Empresa Común Europea para el ITER y el Desarrollo de la Energía de Fusión, hecho en Madrid el 28 de junio de 2007 (BOE de 19 de septiembre de 2007); ACUERDO entre España y la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ), sobre los privilegios e inmunidades de la OPAQ, hecho en Madrid el 16 de septiembre de 2003 (BOE de 17 de agosto de 2007); Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, hecho en Estrasburgo el 25 de enero de 1988 (BOE de 8 de noviembre de 2010 y Protocolo de enmienda al Convenio de 27 de mayo de 2010 y texto consolidado del Convenio en BOE de 16 de noviembre de 2012); Acuerdo multilateral entre Autoridades competentes para el intercambio de Informes país por país, hecho en París el 27 de enero de 2016, Declaración de España sobre la fecha de efecto sobre los intercambios de información en virtud de dicho Acuerdo (BOE de 2 y 23 de enero de 2018); y Protocolo sobre Privilegios e Inmunidades al Convenio del Centro Europeo para las Previsiones Meteorológicas a Plazo Medio de 22 de mayo de 2005 (BOE de 14 de febrero de 2011); Acuerdo de Sede entre el Reino de España y el Instituto Forestal Europeo relativo al establecimiento de una oficina del Instituto en España, de 28 de julio de 2011 (BOE de 5 de octubre); Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre intercambio automático de información de cuentas financieras, hecho en Berlín el 29 de octubre de 2014 (BOE de 13 de agosto de 2015); y la Declaración de España sobre la fecha de efecto sobre los intercambios de información en virtud de dicho Acuerdo (BOE de 9 de septiembre de 2016).

Acuerdo administrativo entre la autoridad competente del Reino de España y la autoridad competente de los Estados Unidos de América para el intercambio de informes país por país, hecho en San Marino y Madrid el 13 y el 19 de diciembre de 2017 (BOE de 26 de diciembre de 2017).

El Relativo a la asistencia mutua entre Estados de la Unión Europea véase el artículo 1.2 de la Ley General Tributaria (§I.1.1); y los artículos 198 y siguientes del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, que aprueba el Reglamento general de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos (§I.3.1), añadidos por Real Decreto 1558/2012, de 15 de noviembre.

Acuerdos en materia de intercambio automático de información sobre los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses (aplicables por Acuerdos en forma de canjes de notas): De 11 de abril de 2005 con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en nombre de Islas Caimán (BOE de 28 de junio de 2005); con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en nombre de Montserrat (BOE de 28 de junio de 2005); con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en nombre de Islas Vírgenes (BOE de 29 de junio de 2005); con Isla de Man (BOE de 29 de junio de 2005); con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en nombre de Islas Turcas y Caicos (BOE de 29 de junio de 2005); con Isla de Jersey (BOE de 30 de junio de 2005); con isla de Guernesey (BOE de 30 de junio de 2005); y con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en nombre de Anguila (BOE de 30 de junio de 2005).

Otros Acuerdos sobre intercambio de información tributaria: Acuerdo sobre intercambio de información en materia tributaria entre el Reino de España y el Reino de los Países Bajos en nombre de Aruba, hecho en Madrid el 24 de noviembre de 2008 (BOE de 23 de noviembre de 2009); Acuerdo sobre el intercambio de información en materia tributaria entre el Reino de España y el Reino de los Países Bajos en nombre de las Antillas Neerlandesas, hecho en Madrid el 10 de junio de 2008 (BOE de 24 de noviembre de 2009). Con anterioridad ya se habían publicados acuerdos con estos territorios de intercambio automático de información sobre los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses: de 11 de abril de 2005 con Países Bajos en nombre de Aruba (BOE de 28 de junio y 28 de noviembre de 2005) y de Antillas Holandesas (BOE de 30 de junio y 28 de noviembre de 2005); y Acuerdo sobre intercambio de información en materia tributaria entre el Reino de España y la República de San Marino (BOE de 6 de junio de 2011); Acuerdo sobre intercambio de información en materia tributaria entre el Reino de España y la Commonwealth de las Bahamas y Memorandum de Entendimiento entre las Autoridades competentes del Reino de España y la Commonwealth de las Bahamas en relación con la interpretación o la aplicación del Acuerdo entre el Reino de España y la Commonwealth de las Bahamas sobre el intercambio de información en materia tributaria y el reconocimiento de otros compromisos pactados entre las Autoridades competentes, hecho en Nassau el 11 de marzo de 2010 (BOE de 15 de julio y 13 de agosto de 2011).

En el BOE de 1 de julio de 2014 se publica el Acuerdo entre el Reino de España y los Estados Unidos de América para la mejora del cumplimiento fiscal internacional y la implementación de la Foreign Account Tax Compliance Act - FATCA (Ley de cumplimiento tributario de cuentas extranjeras), hecho en Madrid el 14 de mayo de 2013. La Orden HAP/1136/2014, de 30 de junio (BOE de 2 de julio), modificada por la disposición final 5.ª de la Orden HAP/2783/2015, de 21 de diciembre (BOE del 23) y por la disposición final 3.ª de la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre (BOE del 27), regula algunas cuestiones relacionadas con este Acuerdo.

Véase también la normativa relativa al Impuesto sobre la Renta de No Residentes (§IV). La disposición adicional 2.ª de la Orden EHA/3316/2010, de 17 de diciembre (BOE del 23), contiene modelo de certificado de residencia fiscal en España, a expedir por las entidades gestoras a solicitud del interesado, para acreditar la condición de residente en España a efectos de la aplicación de un Convenio para evitar la doble imposición suscrito por España. La disposición adicional 1.ª del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (§IV.1) establece que los conflictos que pudieran surgir con otros Estados en la aplicación de los convenios y tratados internacionales se resolverán de acuerdo con los procedimientos amistosos previstos en los propios convenios o tratados, y el Real Decreto 1794/2008, de 3 de noviembre (§XV.2), aprueba el Reglamento de procedimientos amistosos.



([1]) Véase también la Orden de 26 de marzo de 1971 por la que se regula el procedimiento de aplicación de los artículos 10, 11 y 12 del Convenio hispano-austriaco para evitar la doble imposición, de 20 de diciembre de 1966. (BOE de 29 de abril de 1971).

([2]) En virtud del Canje de Notas Verbales entre el Reino de España y la República de Azerbaiyán relativo a la no aplicación en las relaciones entre los dos países del Convenio para evitar la doble imposición entre España y la URSS, firmado en Madrid el 1 de marzo de 1985, hecho en Madrid el 21 y 28 de enero de 2008, el citado Convenio no se encuentra en vigor desde esta última fecha (BOE de 23 de junio de 2010).

([3]) Véase también la Orden de 27 de febrero de 1973 (BOE de 26 de marzo).

([4]) Véase la Resolución de 22 de septiembre de 2003, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone la publicación de las Cartas de 17 y 26 de febrero de 2003, intercambiadas entre España y Brasil sobre interpretación, en base al artículo 25, del Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta entre el Estado Español y la República Federativa del Brasil, hecho en Brasilia el 14 de noviembre de 1974 (BOE de 2 de octubre).

([5]) Antiguo Convenio con Checoslovaquia, aplicable actualmente a Chequia y Eslovaquia.

([6]) Por Nota de fecha 10 de junio de 2008 la Embajada de Dinamarca comunicó la denuncia del Convenio entre España y Dinamarca para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, firmado en Copenhague el 3 de julio de 1972 (BOE de 28 de enero de 1974), y el Protocolo modificativo de 17 de marzo de 1999 (BOE de 17 de mayo de 2000), dejando de estar en vigor el 1 de enero de 2009 (BOE de 19 de noviembre de 2008).

([7]) Véase también el Protocolo y su Memorando de entendimiento, hechos en Madrid el 14 de enero de 2013 (BOE de 23 de octubre de 2019), que modifican el Convenio entre el Reino de España y los Estados Unidos de América para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal respecto de los impuestos sobre la renta, y su Protocolo.

([8]) Antiguo Convenio con Checoslovaquia, aplicable actualmente a Chequia y Eslovaquia.

([9]) Véase la Orden de 28 de abril de 1978 (BOE de 6 de septiembre), aplicable en lo que no se oponga al actual Convenio y el Intercambio de cartas de 1 de marzo y 22 de abril de 2005, relativo a la aplicación del Convenio para evitar la doble imposición entre España y Francia, hecho en Madrid el 10 octubre de 1995 (BOE de 6 de agosto de 2009).

([10]) En el Boletín Oficial de las Cortes Generales de 10 de junio de 2011 se publica el texto para autorización de Convenio con la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China.

([11]) Véase también el Intercambio de cartas interpretativo publicado en el BOE de 15 de julio de 2016.

([12]) En el BOE de 7 de julio de 2017 se publicó el Protocolo que modifica el Convenio  conlos Estados Unidos Mexicanos y su Protocolo, hecho en Madrid el 17 de diciembre de 2015, con entrada en vigor el 27 de septiembre de 2017.

([13]) Véase la Orden de 31 de enero de 1975, sobre aplicación de los artículos 10, 11 y 12 del Convenio entre España y el Reino de los Países Bajos para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la Renta. (BOE de 13 de febrero de 1975).

([14]) Véase la Orden de 25 de junio de 1973 por la que se regula la aplicación de los artículos 10, 11 y 12 del Convenio Hispano-Portugués para evitar la doble imposición de 29 de mayo de 1968 (BOE de 14 de julio de 1973).

([15]) Véase la Orden de 18 de febrero de 1980 por la que se regula la aplicación de los artículos 10, 11 y 12 del Convenio entre España y Suecia para evitar la doble imposición en materia de Impuestos sobre la Renta y el Patrimonio, de 16 de junio de 1976 (BOE de 1 de marzo de 1980).

([16]) Véase la Orden de 20 de noviembre de 1968 por la que se regula el procedimiento de aplicación de los artículos 10, 11, y 12 del Convenio Hispano-Suizo para evitar la doble imposición, de 26 de abril de 1966 (BOE de 26 de noviembre de 1968). En el Boletín Oficial de las Cortes Generales de 15 de febrero de 2013 se publica el texto para autorización del Protocolo entre España y Suiza que modifica el Convenio de 26 de abril de 1966, y su Protocolo, modificados por el Protocolo firmado en Madrid el 29 de junio de 2006, hecho en Madrid el 27 de julio de 2011.