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TÍTULO: RESOLUCIÓN de 2 de abril de 2007, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se modifica el Manual de Imagen Institucional de la Administración General del Estado y la Guía para la edición y publicación de páginas web en la Administración General del Estado aprobada por Resolución de 9 de marzo de 2005 de la Secretaría General para la Administración Pública [1] |
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REGISTRO NORM@DOC: |
15348 |
BOMEH: |
17/2007 |
PUBLICADO EN: |
BOE n.º 91, de 16 de abril de 2007 |
Disponible en: |
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VIGENCIA: |
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DEPARTAMENTO EMISOR: |
Ministerio de Administraciones Públicas |
ANÁLISIS JURÍDICO: |
Referencias posteriores SE ACTUALIZA: lo indicado, por Resolución de 26 de marzo de 2024 lo indicado, por Resolución de 28 de noviembre de 2023 lo indicado, por Resolución de 21 de septiembre de 2021 por Resolución de 28 de febrero de 2020 lo indicado, por Resolución de 10 de julio de 2018 lo indicado, por Resolución de 3 de abril de 2017 SE CORRIGEN errores, con modificación del apartado 5, de la Resolución de 21 de marzo de 2013, en BOE n.º 90, de 15 de abril de 2013 SE DEJA SIN EFECTO el apartado 4 y el Anexo II, por Resolución de 21 de marzo de 2013 SE AMPLIA lo indicado, por RESOLUCIÓN de 12 de junio de 2010. Referencias anteriores MODIFICA: Lo indicado de la RESOLUCIÓN de 9 de marzo de 2005. Lo indicado de la ORDEN de 27 de septiembre de 1999. EN RELACIÓN con el REAL DECRETO 1465/1999, de 17 de septiembre. |
MATERIAS: |
Administración General del Estado Formularios Administrativos |
ÍNDICE SISTEMÁTICO
Primero. Creación de la nueva configuración de imagen institucional «Gobierno de España».
Segundo. Supuestos de uso de la nueva configuración de Imagen Institucional «Gobierno de España».
Tercero. Modificación del Manual de imagen Institucional de la Administración General del Estado.
Quinto. Distribución de las nuevas configuraciones.
Configuración para páginas web
TEXTO ACTUALIZADO
La imagen institucional de la Administración General del Estado, aprobada por Real Decreto 1465/1999, por el que se establecen criterios de imagen institucional y se regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado viene a potenciar una imagen única para evitar lo que en el preámbulo del citado decreto se denominaba «la atomización de la imagen de la Administración General del Estado en su percepción por los ciudadanos, con las consiguientes consecuencias en cuanto a la confusión y falta de identificación con lo que ha de constituir una organización homogénea en su proyección externa».
Al amparo de esta regulación y en el ámbito de las campañas de publicidad, comunicación y difusión de acciones institucionales se ha considerado necesario añadir una nueva configuración de la imagen institucional en la que figure el logotipo «Gobierno de España». Esta nueva configuración debe tener su reflejo en los instrumentos que en la actualidad recogen los criterios de imagen institucional para la Administración General del Estado, en particular el «Manual de Imagen Institucional de la Administración General del Estado» y la «Guía para la edición y publicación de las páginas web en la Administración General del Estado».
La Orden de 27 de septiembre de 1999 por la que se aprueba el Manual de Imagen Institucional de la Administración General del Estado y se dictan normas de desarrollo del Real Decreto 1465/1999, prevé en el apartado cuarto de su anexo que las sucesivas revisiones y actualizaciones del Manual de Imagen Institucional que, en su caso, hayan de realizarse, se aprobarán por el Secretario de Estado para la Administración Pública, competencias en la actualidad atribuidas a la Secretaría General para la Administración Pública.
Por otra parte, la «Guía para la edición y publicación de páginas web en la Administración General del Estado» fue aprobada por la Resolución de 9 de marzo de 2005 de la Secretaría General para la Administración Pública.
Por lo tanto es necesaria una nueva resolución de la Secretaría General para la Administración Pública para modificar los dos instrumentos anteriormente mencionados.
En consecuencia, en virtud de las competencias atribuidas. por los artículos 8.1.d) y 8.1.e) y 10.1.d) del Real Decreto 1320/2004, de 28 de mayo resuelvo:
Primero. Creación de la nueva configuración de imagen institucional «Gobierno de España».
Se crea una nueva configuración de la imagen institucional de la Administración General del Estado, consistente en la inserción del logotipo «Gobierno de España» junto con los elementos básicos de dicha imagen (escudo de España y colores institucionales) establecidos en el Real Decreto 1465/1999, por el que se establecen criterios de imagen institucional y se regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado y en el Manual de Imagen Institucional aprobado por la Orden de 27 de septiembre de 1999. El logotipo mantendrá la tipografía recogida en dicho Manual.
Segundo. Supuestos de uso de la nueva configuración de Imagen Institucional «Gobierno de España».
La nueva configuración creada por la presente Resolución será utilizada en las campañas de publicidad, comunicación y difusión de acciones institucionales, así como en aquellas otras actuaciones administrativas de especial relevancia que se estimen oportunas, incluyendo las páginas web correspondientes. Su utilización se realizará de conformidad con las normas que, en lo relativo a soportes, formatos y estructura, se recogen en el «Manual de Imagen Institucional de la Administración General del Estado» y en la «Guía para edición y publicación de páginas web en la Administración General del Estado».
Tercero. Modificación del Manual de imagen Institucional de la Administración General del Estado.
Se añade un nuevo apartado 1.12 bis con la composición del logotipo «Gobierno de España», con el contenido recogido en el anexo I a la presente Resolución.
(…) [2]
Quinto. Distribución de las nuevas configuraciones.
Las configuraciones correspondientes para su uso en los diferentes soportes y formatos así como en las páginas web se facilitarán por el Ministerio de Administraciones Públicas a través de la página de Intranet http://imagen.map.es o previa petición a la dirección de correo electrónico imagen.institucional@map.es.
Madrid, 2 de abril de 2007.–La Secretaría General para la Administración Pública, Consuelo Sánchez Naranjo.
Configuración para páginas web
(…) [3]
[1] Véase la Resolución de 26 de marzo de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se actualiza el Manual de Imagen Institucional adaptándolo a la nueva estructura de vicepresidencias del Gobierno y departamentos ministeriales de la Administración General del Estado (BOE de 4 de abril), en vigor desde 5 de abril de 2024).
[2] Apartado cuarto se deja sin efecto por el apartado 5 de la Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de Comunicación Digital para la Administración General del Estado (BOE de 2 de abril), aplicable desde 3 de abril de 2013.
[3] Anexo II se deja sin efecto por el apartado 5 de la Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de Comunicación Digital para la Administración General del Estado (BOE de 2 de abril), aplicable desde 3 de abril de 2013.