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TÍTULO: Resolución de 21 de diciembre de 2015, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la relación de documentos electrónicos normalizados del ámbito de competencia del registro electrónico del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. |
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REGISTRO NORM@DOC: |
48143 |
BOMEH: |
52/2015 |
PUBLICADO EN: |
BOE n.º 306, de 23 de diciembre de 2015 |
Disponible en: |
ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA. MINISTERIO CLASES PASIVAS |
VIGENCIA: |
Entrada en vigor el 24 de diciembre de 2015 |
DEPARTAMENTO EMISOR: |
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas |
ANÁLISIS JURÍDICO: |
Referencias anteriores DE CONFORMIDAD con: Artículo 24 de la Ley 11/2007, de 22 de junio Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre Orden HAP/547/2013, de 2 de abril Resolución de 17 de octubre de 2013 DEROGA: Resolución de 17 de octubre de 2013. |
MATERIAS: |
Administración electrónica Registros telemáticos Ministerio de hacienda y Administraciones Públicas |
ÍNDICE SISTEMÁTICO
Segundo. Puesta en funcionamiento de los formularios normalizados.
Tercero. Disposición derogatoria.
Cuarto. Publicación y entrada en vigor.
TEXTO ACTUALIZADO
El artículo 24 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos hace una distinción entre aquellos documentos que se especifiquen conforme a la norma de creación del registro que deben ser cumplimentados electrónicamente «conforme a formatos preestablecidos», y aquellos otros distintos de los anteriores, «dirigidos a cualquier ámbito o entidad del ámbito de la administración titular del registro». Este mandato legal obliga a especificar en el ámbito del Ministerio los «servicios, procedimientos y trámites» que cuenten con documentos electrónicos o formularios normalizados de presentación, lo cual ha de realizarse mediante la forma que la norma de regulación del Registro determine.
El Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, indica, en su artículo 27, que los registros electrónicos se crearán mediante orden del Ministro respectivo previa aprobación del Ministro de la Presidencia, comprendiendo dentro del contenido mínimo de dicha Orden la «identificación del órgano u órganos competentes para la aprobación y modificación de la relación de documentos electrónicos normalizados, que sean del ámbito de competencia del registro, e identificación de los trámites y procedimientos a que se refieren».
La Orden HAP/547/2013, de 2 de abril, por la que se regula el Registro Electrónico del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, dispone, en su artículo 2, que será competencia de la Subsecretaría del Departamento la aprobación y modificación de la relación de solicitudes, escritos y comunicaciones normalizados, correspondientes a servicios, procedimientos y trámites específicos, conforme a lo previsto en la letra a) del número 2 del artículo 24 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, la cual será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y difundida a través de las sedes electrónicas del ámbito del Registro Electrónico ministerial.
Tanto el artículo 2 como el artículo 10 de dicha Orden HAP/547/2013, de 2 de abril, exigen unos datos mínimos que ha de contener la relación de documentos normalizados, a los efectos de evitar duplicidades, entre ellos, la identificación de los procedimientos y servicios a que se refiere el formulario en el Sistema de Información Administrativa, con expresión de su código de identificación de formulario y su denominación, y si es un trámite de inicio de procedimiento. Por este motivo, se considera conveniente que el código de formulario recoja secuencialmente el código de aplicación y el código de formulario, lo que evitará cualquier confusión respecto a la perfecta identificación de los mismos.
Mediante la Resolución de 17 de octubre de 2013, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la relación de documentos electrónicos normalizados del ámbito de competencia del registro electrónico del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas se dio cumplimiento a estos preceptos. No obstante con el paso del tiempo se han producido importantes cambios en la relación de procedimientos y servicios que apuntan al Registro Electrónico del Ministerio que hacen conveniente la aprobación de una nueva Resolución de la Subsecretaria, en la cual se recoja una nueva relación de solicitudes, escritos y comunicaciones normalizados que sustituya a la anterior.
La presente Resolución ha sido informada favorablemente por la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1.b) de la Orden HAP/547/2013, de 2 de abril, por la que se crea y se regula el Registro Electrónico del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,
dispongo:
1. Mediante la presente resolución se aprueba la relación de documentos electrónicos normalizados del ámbito de competencia del Registro Electrónico del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, así como la identificación de servicios y procedimientos a que se refiere el artículo 24.2.a) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, que se incorporan al anexo único de la presente resolución.
2. Quedan excluidos del ámbito de esta resolución los formularios normalizados del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que deban ser tramitados a través un Registro auxiliar del Registro Electrónico del Departamento, que se regularán en su norma específica.
3. La Comisión Permanente de la Comisión Ministerial de Administración Digital coordinará la composición de los códigos asignados a los distintos formularios a los efectos de evitar duplicidades entre los mismos.
Segundo. Puesta en funcionamiento de los formularios normalizados.
Todos los formularios relacionados en el anexo deberán estar operativos antes del 31 de enero de 2016.
Tercero. Disposición derogatoria.
Queda sin efectos la Resolución de 17 de octubre de 2013, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la relación de documentos electrónicos normalizados del ámbito de competencia del registro electrónico del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Cuarto. Publicación y entrada en vigor.
1. La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Esta resolución se divulgará a través de la Sede Electrónica Central del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Madrid, 21 de diciembre de 2015.–La Subsecretaria de Hacienda y Administraciones Públicas, Pilar Platero Sanz.