Entidades Locales. Planes Económico Financieros: captura de información inicial y seguimiento.
Captura de datos para la elaboración y aprobación de PEF aprobados por aplicación del artículo 21 LOEPSF. Comunicación de aprobación inicial de PEF para estudio y posterior aprobación definitiva, si procede, por el órgano de tutela. Comunicación por los interventores del informe relativo al seguimiento del PEF aprobado con periodicidad mensual/trimestral. Finalidad: Normatización de los PEFs de forma que se permita su seguimiento. - RESOLUCIÓN E INFORMES SEMESTRALES SGFAL
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