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Tramitación de Accidentes de Circulación

Este procedimiento consiste en la tramitación de los partes de accidentes de circulación en que intervengan los vehículos del PME, así como aquellos en los cuales intervienen vehículos de terceros cuando causan daño en la propiedad o instalaciones del Organismo.

Por tanto, es de aplicación a todos los accidentes de circulación en que intervengan vehículos del PME y a los daños sufridos por sus instalaciones tanto por vehículos propios como de terceros.

Normativa:

Fases del Procedimiento:

  1. Declaración del accidente:

  2. Revisión de la declaración por parte de la Subdirección  de Gestión del PME.

  3. Registro y tramitación del accidente por parte de la Secretaría General del PME.

  4. Reclamación a terceros de los daños, en su caso.

  5. Remisión del expediente a la Abogacía del Estado, en su caso.

  6. Comunicación a la Subdirección de Régimen Económico del importe a recibir, en su caso.

 

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