La Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera
establece que en caso de incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, del objetivo de deuda pública o de la regla de gasto, la Administración incumplidora formulará un plan económico-financiero que permita en el año en curso y el siguiente, el cumplimiento de los objetivos o de la regla de gasto, con el contenido y alcance previstos en dicha ley.
Asimismo, establece que el Ministerio de Hacienda debe elaborar, trimestralmente, un informe de seguimiento de la aplicación de las medidas contenidas en los Planes Económico-Financieros (PEF) y señala que estos informes de seguimiento deben ser publicados en el portal web del citado Ministerio.
Banners Destacados