Toda la que se considere oportuna, según los artículos 235, 236 y 241 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, sin perjuicio de que la prueba está limitada en el recurso de alzada económico-administrativo
Efecto silencio interesado
No Tiene
Órgano de resolución
No procede
Fin vía
No
Recursos
No procede
Normativa básica
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, Fecha BOE 18/12/2003, BOE nº 302
Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, Reglamento general en materia de revisión en vía administrativa. Fecha BOE 27/05/2005, BOE nº 126
Lugar presentación
Presencial en cualquiera de los registros y oficinas a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. Electrónicamente a través de la subsede de los Tribunales Económico-Administrativos
Fases del procedimiento/servicio
Conforme a lo dispuesto en la Ley 58/2003, General Tributaria, de 17 de diciembre y el Reglamento General de Revisión en Vía Administrativa, aprobado por el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo