Todo exportador, fabricante o comerciante de mercancías originarias, establecido en el territorio de un país beneficiario del SPG, podrá solicitar a sus autoridades competentes ser exportador registrado, siempre y cuando posea pruebas apropiadas del origen de los productos que se proponga exportar, a efectos de los controles efectuados por las autoridades aduaneras.
Asimismo, los diferentes acuerdos comerciales bilaterales firmados por la Unión Europea pueden establecer regímenes particulares para la obtención de la condición de exportador registrado. Tal es el caso, por ejemplo, del Acuerdo suscrito con Canadá o con Vietnam.
Dokumentazioa
No existe un modelo específico
Ebazteko epea
Aplikatu beharreko araudiaren arabera.
Más información sobre plazos
Según la normativa aplicable
Efektu isiltasima interesatua
Negatiboa
Ebazteko organoak
Agencia Estatal de Administración Tributaria
Bidearen amaiera
No
Errekutsoak
Reposición: Plazo: Un mes. Con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.
Reclamación Económico-administrativa: Plazo: Un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender resuelto el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.