II. EE. Devoluciones. Expediciones de alcohol y bebidas derivadas, procedentes de Canarias con destino a UE.
En los envíos desde Canarias a otros Estados miembros de la Unión Europea, de productos sujetos a los Impuestos Especiales sobre la Cerveza, sobre los Productos Intermedios y sobre el Alcohol y las Bebidas Derivadas procede la devolución de la totalidad de las cuotas satisfechas.
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