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Inspección tributos cedidos a comunidades autónomas. Inspección de los servicios centrales y territoriales.

La Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía, dispone en su artículo 45.dos que la Inspección General del Ministerio realice, anualmente, una inspección de los servicios para rendir un informe sobre el modo y la eficacia en el desarrollo de las diversas competencias asumidas por delegación, por la comunidad de que se trate, respecto a los tributos cuyo rendimiento se haya cedido, informe que se une a la documentación de los Presupuestos Generales del Estado. Los referidos datos recaudatorios se facilitan al Consejo Superior para la Dirección y Coordinación de la Gestión Tributaria y tras ello se publica un extracto de la misma en la página web de la Inspección General en el mes de octubre y el informe completo una vez se publiquen los Presupuestos por las Cortes Generales (serie gris).

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