13-10-20.- Se limita el pago en efectivo para determinadas operaciones económicas, que pasará de 2.500 a 1.000 euros, en el caso de operaciones entre empresarios. Se establece la prohibición de la producción, tenencia o comercialización del denominado software de doble uso, que permite a las empresas ocultar parte de su actividad
Con la nueva normativa quedarán prohibidas por ley las amnistías tributarias, se rebaja a 600.000 euros el umbral de la deuda con Hacienda que conlleva aparecer en el listado de deudores y se refuerza el concepto de paraísos fiscales
Refuerza el control fiscal sobre el mercado de criptodivisas, estableciendo nuevas obligaciones de información sobre la tenencia y operaciones con monedas virtuales
También se transpone la directiva europea antielusión fiscal (ATAD), por la que se establecen normas contra estas prácticas que inciden en el mercado interior