El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria para posibilitar al Ministerio de Cultura la tramitación de la convocatoria anticipada de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos arqueológicos en el exterior.
El Ministerio de Cultura convoca anualmente desde el año 1999, ayudas para proyectos arqueológicos en el exterior, con el objetivo de promocionar proyectos de investigación e intervención arqueológica españoles fuera de nuestras fronteras y de fomentar la arqueología de excelencia en el ámbito internacional, lo que contribuye a potenciar tanto la incorporación de los avances metodológicos, técnicos y analíticos propios de la práctica actual de la disciplina arqueológica, como la creación y colaboración en redes internacionales de investigación, lo que finalmente revierte en una mejor preservación del patrimonio arqueológico a nivel estatal e internacional.
La Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, en el cumplimiento de la función que tiene encomendada en el artículo 5.1.g) del Real Decreto 323/2024, de 26 de marzo y con el fin de continuar promocionando proyectos de investigación arqueológica española, va a convocar esta línea de ayudas en 2026 para proyectos a ejecutar desde septiembre de 2026 hasta febrero de 2028 mediante tramitación anticipada, con cargo los Presupuestos Generales del Estado de 2027.
El crédito inicial para esta línea de ayudas en 2026 es de 426.000 euros: 370.000 euros en la aplicación presupuestaria 24.05.144A.753 y 56.000 euros en la 24.05.144A.788.
La citada Dirección General, con el fin de poder convocar estas ayudas por el mismo importe de 426.000 euros que contempla el presupuesto de 2026, ha solicitado la modificación del límite de compromiso de gasto en 2027 de esas dos aplicaciones presupuestarias vinculantes, elevando el porcentaje del límite de gasto hasta 370.000 euros y 56.000 euros, respectivamente.
De lo anteriormente expuesto se desprende que en las aplicaciones presupuestarias citadas se superan los límites previstos para el año 2027 en el apartado 2 del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, por lo que se solicita el aumento del mismo y se ha llevado este acuerdo para su autorización por el Consejo de Ministros.
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