Modelo 151 Régimen especial aplicable a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores, desplazados a territorio español
Las personas físicas que adquieran su residencia fiscal en España como consecuencia de su desplazamiento a territorio español por motivos laborales pueden optar por tributar por el IRNR (con determinadas especialidades), manteniendo, sin embargo, la condición de contribuyentes por el IRPF , durante el período impositivo en que se efectúe el cambio de residencia y durante los cinco períodos impositivos siguientes, cumpliéndose determinadas condiciones. La declaración del impuesto la realizarán con el modelo 151.