Reclamación previa potestativa ante la Delegada de Protección de Datos de Hacienda
Con carácter previo a la presentación de una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, la persona afectada podrá dirigirse al Delegado de Protección de Datos de la entidad contra la que se reclame (Art. 37 de la LOPDyGDD). Cabe destacar que esta reclamación previa solo es aplicable a los órganos del Ministerio de Hacienda y a los consorcios de Toledo, Cuenca y Santiago de Compostela, excluyendo a los organismos independientes del Ministerio.