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Procedimientos Administrativos

Datos Generales

Denominación

Apoderamiento para la realización de trámites y actuaciones en materia tributaria por Internet

Tipo de procedimiento/servicio
Tributaria
Materia
Impuestos
Código SIA
998288
Descripción

Los obligados tributarios con capacidad de obrar pueden actuar por medio de representante con el que se entenderán las sucesivas actuaciones administrativas, salvo que se haga manifestación expresa en contrario. En el caso de actuaciones llevadas a cabo a través de Internet, a los efectos exclusivos de la actuación electrónica ante la Agencia Tributaria y sin carácter de registro público, existe el registro electrónico de apoderamientos. En él, se harán constar las representaciones que los interesados otorguen a terceros para actuar en su nombre de forma electrónica.

Órgano responsable de tramitación (DIR3)
Agencia Estatal de Administración Tributaria (EA0028512)

Información general del procedimiento / servicio

Forma de iniciación
  • Interesado
Destinatario/s interesado
  • Ciudadano
  • Empresa
Documentación
  • 1.- A elección del interesado: a) Formulario de apoderamiento. b) Documento público o documento privado con firma notarialmente legitimada. c) Formulario disponible para tramitación electrónica. 2.- Aceptación del apoderado.
Plazo de resolución

No tiene

Efecto silencio interesado
No Tiene
Órgano de resolución
  • Agencia Estatal de Administración Tributaria
Fin vía
No
Normativa básica
Normativa que regula la tramitación electrónica
Lugar presentación
  • Telemática
  • Oficinas de la AEAT
Fases del procedimiento/servicio
  • Inicio: Presentación de solicitud de incorporación del apoderamiento al Registro para la realización de trámites y actuaciones en materia tributaria por Internet.Puede realizarse mediante comparecencia, aportando un documento público o privado con firma notarialmente legitimada o a través de la página Web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Es necesaria la mención de los trámites a los que se refiere el apoderamiento.
  • Tramitación: Comprobación del contenido del apoderamiento. En caso de que se adviertan defectos en el otorgamiento del poder se comunicará al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o aporte los documentos necesarios, con indicación de que, si así no lo hiciera, se procederá al archivo de las actuaciones, considerando que el interesado desiste de su petición.
  • Finalización: Incorporación al Registro
URL tramitación electrónica
Página de tramitación electrónicaAbre nueva ventana
Formularios
Sistemas de identificación
  • DNI electrónico
  • Certificado electrónico
  • Clave PIN
Integrado en Clave
Practica notificaciones
  • Postal
  • Electrónica por comparecencia en Sede
  • Electrónica por Dirección Electrónica Habilitada
Sujeto a tasas
No
Nivel de interactividad
Nivel 4: Tramitación electrónica

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