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Composición de la Comisión Permanente de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado

La Comisión Permanente de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado tiene como función el conocimiento de aquellos asuntos y expedientes que sean de carácter general o afecten a más de un Departamento Ministerial. La Orden HAC/1187/2024, de 24 de octubre, establece la composición de dicha Comisión Permanente, que es el órgano colegiado general de la Junta que se reúne con regularidad.

Está formada por los siguientes miembros:

  • La Presidencia, que corresponderá a la persona titular de la Dirección General del Patrimonio del Estado, en tanto que ostenta la Vicepresidencia Primera del Pleno de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado.
  • La Vicepresidencia, que corresponderá a la persona titular de la Vicepresidencia Segunda del Pleno de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado.
  • Las tres Vocalías que forman parte del Pleno designadas por la Presidencia del Pleno en representación de la Intervención General de la Administración del Estado, de la Abogacía General del Estado y de la Dirección General del Patrimonio del Estado.
  • Una Vocalía de las que formen parte del Pleno, designada por la Presidencia del Pleno, a propuesta de cada uno de los Ministerios existentes conforme al correspondiente real decreto por el que se reestructuren los departamentos ministeriales, con excepción del Ministerio de Hacienda.
  • Dos Vocalías en representación de las organizaciones empresariales designadas por la Presidencia de la Comisión entre los que formen parte del Pleno.
  • La persona titular de la Secretaría de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado.
  • La persona titular de la Presidencia de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación, con voz pero sin voto.
  • Una persona representante de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, designada por ésta como vocal del Pleno, con voz pero sin voto.

En supuestos de vacante, ausencia o enfermedad de la persona titular de la Secretaría de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, será sustituida por la persona titular de la Vicesecretaría de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado

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