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Organización

El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales está compuesto por la persona titular de la presidencia y cinco vocales.

  • Presidencia: La persona titular de la presidencia del Tribunal es nombrada por el Consejo de Ministros a propuesta conjunta de las personas titulares de este Ministerio y del de Justicia, deberá pertenecer al funcionariado de carrera, del cuerpo o escala para cuyo acceso sea requisito necesario licenciatura o grado en Derecho y haber desempeñado su actividad profesional por tiempo superior a quince años, preferentemente en el ámbito del Derecho Administrativo relacionado directamente con la contratación pública.

  • Vocales: Son nombrados por el Consejo de Ministros a propuesta conjunta de las personas titulares de este Ministerio y del de Justicia. Podrán ser designados las personas pertenecientes al funcionariado de carrera de cuerpos y escalas a los que se acceda con licenciatura o  grado y que hayan desempeñado su actividad profesional por tiempo superior a diez años, preferentemente en el ámbito del Derecho Administrativo relacionado directamente con la contratación pública.

Además existe una Secretaría General a la que corresponde la coordinación de la tramitación de los recursos presentados, así como su control y seguimiento, dictar los actos de trámite y de notificación e impulsar de oficio el procedimiento, así como aquellas otras tareas que le sean expresamente atribuidas por el Presidente.

Por último es conveniente señalar que el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, a pesar de su denominación de tribunal, no es un órgano jurisdiccional. En efecto, pese a la independencia funcional de la que goza hay que destacar que se integra en este Ministerio a través de la Subsecretaría del mismo.

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