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Documentación necesaria para solicitar el informe preceptivo a la Oficina Nacional de Evaluación (ONE)

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La solicitud de informe preceptivo, tal y como recoge el artículo 8.2 de la Orden HFP/1381/2021, de 9 de diciembre, por la que se regula la organización y funcionamiento de la Oficina Nacional de Evaluación (ONE), deberá acompañarse con cuanta documentación se estime conveniente para evaluar la sostenibilidad financiera de la concesión.

Si la información remitida no es suficiente, no es completa o requiriere alguna aclaración, la ONE solicitará al órgano peticionario del informe que remita la documentación requerida en el plazo de 10 días.

NOTA SOBRE MODIFICACIONES SUSTANTIVAS. Los informes vendrán referidos a la documentación facilitada por el solicitante del informe, por lo que cualquier modificación sustantiva que pudiera producirse con posterioridad en el expediente, con carácter previo a la licitación del contrato de concesión, requerirán una nueva solicitud de informe. Si dicha modificación sustantiva se produjera antes de la emisión del informe de la ONE, será necesario realizar un desistimiento de la solicitud inicial y proceder a realizar una nueva solicitud de informe. Para realizar el desistimiento de una solicitud podrá utilizarse la opción “Aportación de Documentos”, tal y como se describe en el Manual de uso de la página de tramitación para solicitantes del Informe Preceptivo a la Oficina Nacional de Evaluación.​

Como ayuda sobre el contenido de la documentación necesaria, se dispone de la “Guía de ayuda para la solicitud de informe preceptivoS’obre en una finestra nova​” así como las hojas de cálculo que la acompañan para preparar la información económica financiera en formato reutilizable y abierto a las que puede acceder a través de los siguientes enlaces:​

Modelo estudio de viabilidad.S’obre en una finestra nova Formato Excel (XLSX, aprox. 416 KB)

Modelo estudio de viabilidadS’obre en una finestra nova. Formato Open Document (ODS, aprox. 276 KB)​

Excepcionalmente, aunque no hubiera sido requerida por la ONE, se podrá aportar documentación adicional o aclaraciones que hubieran faltado remitir junto con una solicitud de informe, siempre y cuando no supongan una modificación sustantiva de la información o documentación inicialmente remitidos con la solicitud. Para ello se seguirá la vía de “Aportación de Documentos” descrita en el​ Manual de uso de la página de tramitación para solicitantes del Informe Preceptivo a la Oficina Nacional de EvaluaciónS’obre en una finestra nova.

La documentación necesaria para solicitar los diferentes tipos de informe se recogen en el art. 8.2 de la ​Or​den HFP/1381/2021, de 9 de diciembre, por la que se regula la organización y funcionamiento de la Oficina Nacional de Evaluación​S’obre en una finestra nova.

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