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Puntos de venta con recargo

Se recuerda que, a partir del 2 de enero de 2026, todas las solicitudes y procedimientos ante el Comisionado para el Mercado de Tabacos deberán tramitarse exclusivamente por medios electrónicos.

El acceso a todos los trámites está disponible en la sede electrónicaOpen in new window.​​​​

La venta de productos de tabaco puede realizarse en la red de Expendedurías de Tabaco y Timbre del Estado (estancos) y en los establecimientos autorizados como Punto de Venta con Recargo (PVR).

Procedimientos relacionados con puntos de venta con recargo (PVR)
ProcedimientoPlazo máximo de resoluciónTramitación y pago telemáticos​​Tasa
Solicitud de autorización PVR3 meses Enlace Open in new window Enlace
Modificación o baja de PVR3 meses Enlace Open in new window Enlace
Consulta del listado de PVR autorizados en vigorConsulta automática Enlace Open in new window Gratuito

Puede consultar más información en nuestro apartado de dudas más frecuentes (FAQ).

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