Se recuerda que, a partir del 2 de enero de 2026, todas las solicitudes y procedimientos ante el Comisionado para el Mercado de Tabacos deberán tramitarse exclusivamente por medios electrónicos.
El acceso a todos los trámites está disponible en la sede electrónica
.
La venta de productos de tabaco puede realizarse en la red de Expendedurías de Tabaco y Timbre del Estado (estancos) y en los establecimientos autorizados como Punto de Venta con Recargo (PVR).
| Procedimiento | Plazo máximo de resolución | Tramitación y pago telemáticos | Tasa |
|---|---|---|---|
| Solicitud de autorización PVR | 3 meses |
Enlace | Enlace |
| Modificación o baja de PVR | 3 meses |
Enlace | Enlace |
| Consulta del listado de PVR autorizados en vigor | Consulta automática |
Enlace | Gratuito |
Puede consultar más información en nuestro apartado de dudas más frecuentes (FAQ).
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