El Consejo de Ministros ha autorizado hoy a Canarias y Navarra a formalizar operaciones de endeudamiento a largo plazo.
Estas autorizaciones se efectúan en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF) y el artículo 14 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA).
En el caso de Canarias, el Consejo de Ministros le ha autorizado a formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un importe máximo 703.028.536 euros.
Esta Comunidad Autónoma ha solicitado autorización para formalizar operaciones de deuda a largo plazo para atender las necesidades financieras del ejercicio 2026 por un importe de 703.028.536 euros. De este importe, 56.592.480 euros se corresponden con el reintegro del año 2026 de los anticipos concedidos en virtud del mecanismo financiero extrapresupuestario para el aplazamiento del saldo pendiente de reintegro de las liquidaciones del sistema de financiación de los años 2008 y 2009. Asimismo, los 646.436.056,41 euros restantes se corresponden con los vencimientos ordinarios del año 2026 de determinadas operaciones de crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de Canarias.
Por otra parte, el Consejo de Ministros ha autorizado a Navarra a formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un importe máximo 224.624.284 euros.
Esta Comunidad ha solicitado autorización para formalizar operaciones de deuda a largo plazo para atender la refinanciación ordinaria de vencimientos del ejercicio 2026 por un importe de 224.624.284 euros.
Ambas autorizaciones podrán amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2026.
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