El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autorizan los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para posibilitar al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana la financiación de la línea de ayudas para la cobertura en caso de impagos del alquiler de viviendas para jóvenes y colectivos vulnerables en los términos establecidos en el Real Decreto 1135/2025, de 10 de diciembre.
Entre las medidas que en política de vivienda está llevando a cabo el Gobierno destaca el Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad.
En concreto debe destacarse su artículo 76, donde se establece que para facilitar el acceso al mercado de alquiler y mitigar las dificultades económicas derivadas del acceso a la vivienda, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana establecerá una línea de avales para cubrir los posibles impagos derivados de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual y permanente para jóvenes y familias vulnerables en los términos que reglamentariamente se establezcan.
El aval garantizará el pago de todas las rentas o mensualidades impagadas hasta que la propiedad recupere la posesión de la vivienda, así como todos los daños causados en la finca por culpa del arrendatario, el coste de los suministros debidos que hayan sido asumidos por la propiedad, y aquellos otros daños y costes que reglamentariamente se establezcan. Estos avales se financiarán por parte del Estado y serán gestionados por las Comunidades y Ciudades Autónomas.
La citada línea de avales, aprobada por el Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, ha sido desarrollada reglamentariamente mediante el Real Decreto 1135/2025, de 10 de diciembre, por el que se determinan las condiciones de la línea de ayuda, por cuenta del Estado, para la cobertura en caso de impagos del alquiler de viviendas para jóvenes y colectivos vulnerables. En concreto en el artículo 3 de este último Real Decreto, se establece la financiación de la cobertura contemplada en el mismo.
Por todo ello, conforme a la Ley General Presupuestaria, se solicita la aprobación del Consejo de Ministros para autorizar los compromisos de gasto con cargo a las anualidades 2027 y 2028.
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