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Autorizada la modificación de límites de gasto para formalizar una concesión demanial sobre el Teatro Valle-Inclán

Tuesday, 27 de January de 2026
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El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para formalizar una concesión demanial con canon sobre el inmueble Teatro Valle-Inclán en el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, adscrito al Ministerio de Cultura.

El Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM) solicita, con base en lo dispuesto en la Ley General Presupuestaria, autorización para modificar hasta 2061, el número de anualidades de los compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en la aplicación ‘Gastos corrientes en bienes y servicios’, con una dotación inicial de 21.145.200 euros en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados en 2026.

El inmueble objeto de la concesión demanial es una de las dos sedes del Centro Dramático Nacional, unidad adscrita al INAEM, siendo por tanto un espacio imprescindible para la promoción, protección y difusión de las artes escénicas y de la música en cualquiera de sus manifestaciones, fin recogido en el Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.

Este teatro ha sido objeto de arrendamiento mediante contrato suscrito entre el INAEM y el Ayuntamiento de Madrid en el año 2006 por una duración de 20 años. Ante la finalización de dicho contrato el día 31 de enero de 2026, está en tramitación el decreto del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por el que se aprueban las condiciones reguladoras de la concesión demanial sobre el Teatro Valle Inclán y se otorga al INAEM.

La citada concesión estará sujeta a un canon de 37.740 euros anuales, al llevar aparejada una utilidad económica para el concesionario, lo que conlleva la adquisición de compromisos de gasto en los ejercicios, con repercusión en las anualidades comprendidas entre 2026 y 2061. El Organismo indica en su memoria que esa cuantía se incrementará cada año de vigencia de la concesión con el IPC anual calculado desde el 1 de febrero anterior al 31 de enero del año en curso.

En el ejercicio 2026, el crédito inicial asciende a 21.145.200 euros. Siendo los límites correspondientes a las cuatro primeras anualidades, de 2027 a 2030, del 70%, 60%, 50% y 50%, los compromisos de gastos en las citadas anualidades, a fecha actual, son inferiores a dichos límites. Para las siguientes anualidades, desde 2031 a 2061, ambos inclusive, al superar los 4 ejercicios previstos en el artículo 47.2 de la LGP, es preciso solicitar autorización de Consejo de Ministros.

Por ello y con el fin de poder comprometer el crédito de 37.740 euros en cada una de las anualidades de 2031 a 2061, según lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se ha solicitado la autorización del Consejo de Ministros para incrementar el número de anualidades en la aplicación presupuestaria afectada.

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