El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza la concesión de un suplemento de crédito en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), por importe de 6.552.361,74 euros, destinado a financiar gastos de la prestación económica por cese de actividad y de la cuota de beneficiarios de trabajadores autónomos.
En concreto, el SEPE ha solicitado un suplemento de crédito en las aplicaciones presupuestarias ‘Prestación económica por cese de actividad de trabajadores autónomos, incluso obligaciones de ejercicios anteriores’, por importe de 3.318.033,85 euros, y ‘Para pago de cuotas, subvenciones y bonificaciones a la Seguridad Social. Cuota de beneficiarios de la prestación económica por cese de actividad, incluso obligaciones de ejercicios anteriores’, por importe de 3.234.327,89 euros, lo que totaliza 6.552.361,74 euros.
El SEPE abona esta prestación con carácter muy residual, ya que la mayor parte de personas beneficiarias de la misma encuentran esta contingencia protegida por una Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.
De hecho, la Disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, establece que los trabajadores de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social con anterioridad al 1 de enero de 1998 que hubieran optado por mantener la protección de la Incapacidad Temporal (IT) con la entidad gestora Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), deberán optar en el plazo de 3 meses a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto-ley por una Mutua colaboradora, surtiendo efectos dicha opción a partir del 1 de junio de 2019. En tanto se produzca dicha opción, seguirá gestionando la prestación por cese de actividad el SEPE.
No obstante, es cierto que no todos los trabajadores en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos han cumplido con lo indicado en la Disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre y, por tanto, todavía hay algunas personas incluidas en el citado Régimen Especial que no han optado por una Mutua para que gestione la protección por IT, y el SEPE sigue abonando la misma.
Por otro lado, el cese de actividad abonado a las personas trabajadoras incluidas en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar se imputa al presupuesto del SEPE por los acuerdos existentes entre este organismo y el Instituto Social de la Marina (ISM), regularizándose los importes correspondientes en la cuenta de relación que mantiene el SEPE y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
En este contexto, y según se pone de manifiesto en la documentación remitida:
- El concepto 489 ‘Prestación económica por cese de actividad de trabajadores autónomos, incluso obligaciones de ejercicios anteriores’, recoge los importes destinados a financiar la actividad de trabajadores autónomos que debe sufragar el SEPE de acuerdo con sus competencias. Presenta el siguiente resumen presupuestario:
• Importe de gasto de enero a septiembre...... 6.715.892,89 euros.
• Estimación gasto de octubre a diciembre .... 2.238.630,96 euros.
• Total gasto previsto en 2026 ......... 8.954.523,85 euros.
Dado que el crédito inicial en esta aplicación es de 5.636.490 euros, existe una necesidad en el presente ejercicio de 3.318.033,85 euros.
- Por su parte el subconcepto 487.02 ‘Para pago de cuotas, subvenciones y bonificaciones a la Seguridad Social. Cuota de beneficiarios de la prestación económica por cese de actividad, incluso obligaciones de ejercicios anteriores’, recoge la cuantía de la Seguridad Social del trabajador autónomo, por contingencias comunes al régimen correspondiente. Presenta el siguiente resumen presupuestario:
• Importe de gasto de enero a agosto........…..2.464.539,05 euros.
• Estimación gasto de septiembre a diciembre… 1.269.788,84 euros.
• Total gasto previsto en 2026 ............. 3.734.327,89 euros.
Dado que el crédito inicial en esta aplicación es de 500.000 euros, existe una necesidad para el presente ejercicio de 3.234.327,89 euros.
La suma total de las necesidades expuestas asciende a 6.552.361,74 euros, que pretende financiarse mediante el presente suplemento de crédito, con cargo al remanente de tesorería afectado del Organismo Autónomo.
En consecuencia, y con la finalidad indicada, se ha propuesto la modificación de crédito solicitada.
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