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Consultas planteadas al Comisionado para el Mercado de Tabacos

SERVICIO DE ATENCIÓN CIUDADANA

Para atender las consultas de los operadores relacionadas con el mercado de tabacos y con los diferentes procedimientos llevados a cabo ante el Comisionado para el Mercado de Tabacos, este organismo cuenta con un Servicio de Atención Ciudadana, que atiende de forma ágil cualquier duda o consulta a través de correo electrónico, por teléfono, o de forma presencial, sin necesidad de cita previa:

CONSULTAS FORMALES

En el caso de que su consulta no pueda ser resuelta a través del Servicio de Atención Ciudadana por su especial complejidad, o porque exija un estudio en profundidad de la normativa aplicable, cualquier operador puede realizar consultas de manera formal al Comisionado para el Mercado de Tabacos por escrito, sobre materias relacionadas con la normativa del mercado de tabacos y el ámbito de competencias del Comisionado, debiendo los solicitantes cumplir determinados requisitos.

¿Quién puede plantear consultas formales?

Cualquier operador y sus asociaciones representativas pueden formular al Comisionado para el Mercado de Tabacos consultas formales en relación con la normativa del mercado de tabacos.

¿Cómo se pueden presentar las consultas formales?

Las consultas formales se formularán mediante escrito dirigido al Comisionado para el Mercado de Tabacos.

Podrán presentarse utilizando medios electrónicos, que serán obligatorios para las personas físicas o jurídicas que estuvieran obligadas a relacionarse con la Administración por tales medios. 

https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.doAbre nueva ventana

¿Qué contenido mínimo deben tener las consultas formales?

Toda consulta formal debe contener, como mínimo:

  • Nombre y apellidos, razón social o denominación completa, número de identificación fiscal y código de registro del operador. En el caso de que se actúe por medio de representante deberá aportarse la documentación acreditativa de la representación.
  • Manifestación expresa de si en el momento de presentar el escrito se está tramitando o no un procedimiento, recurso o reclamación relacionado con la consulta, debiendo identificar dicho trámite.
  • Objeto de la consulta. En relación con la cuestión planteada en la consulta, se expresarán con claridad y con la extensión necesaria los antecedentes y circunstancias del caso, aportándose la documentación adicional que se estime necesaria. El Comisionado para el Mercado de Tabacos podrá requerir información adicional o las aclaraciones que estime necesarias.
  • Lugar, fecha y firma.

¿Qué efecto tiene la presentación y contestación de consultas formales?

La presentación de consultas formales ante el Comisionado para el Mercado de Tabacos no interrumpe ningún plazo para ningún procedimiento previsto en la normativa del mercado de tabacos ni en otras normas. 

La contestación a las consultas formales tiene carácter meramente informativo, no es vinculante para el Comisionado para el Mercado de Tabacos ni es susceptible de recurso alguno.

CONSULTAS FORMALES RESPONDIDAS QUE PUEDEN SER DE INTERÉS PARA OTROS OPERADORES

El Comisionado para el Mercado de Tabacos, para garantizar la transparencia de su actividad en relación con la interpretación de la normativa del mercado de tabacos, podrá publicar aquellas respuestas a consultas formales planteadas al Comisionado para el Mercado de Tabacos por los operadores y sus asociaciones que, a juicio del organismo, supongan una interpretación de las normas y considere que puedan ser de interés para otros operadores.

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