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Estrategia con Colegios Profesionales

Las profesiones colegiadas representan un subsector muy importante dentro del sector servicios, generando el 8,8% del Producto Interior Bruto, y suponiendo el 6,1% del empleo total (existen alrededor de 1 millón de colegiados y suponen el 30% del empleo universitario).  Pero además, representan una pieza clave en el funcionamiento del sector servicios (el 84% de los ocupados en profesiones colegiadas se ubican en el sector servicios) y, consecuentemente, su regulación y funcionamiento se ven afectados por la Directiva de Servicios.

En este contexto, los Colegios Profesionales, como entidades de Derecho Público con capacidad para ordenar el ejercicio de las profesiones, son responsables del cumplimiento de la Directiva de Servicios y deben impulsar su aplicación en varios ámbitos: 

  • Evaluación de la compatibilidad de la normativa colegial con la Directiva de Servicios.
  • Informatización de sus procedimientos y participación en la puesta en marcha de la ventanilla única.
  • Incorporación a los mecanismos de cooperación administrativa previstos por la Directiva.

Antes del 28 de diciembre de 2009, toda la normativa colegial (Estatutos Generales, Estatutos Particulares y Reglamentos de Régimen Interior) deberá estar adaptada a la Directiva de Servicios, lo que exige de los Colegios analizar previamente dicha normativa y realizar las modificaciones necesarias.

Con el fin de adaptar la regulación colegial a la Directiva, el Ministerio de Economía y Hacienda ha venido trabajando con los Consejos Generales y Colegios Nacionales desde el pasado julio de 2008. Por otro lado, el pasado mes de diciembre se ha puesto en marcha una propuesta de trabajo de cara a la adaptación de la normativa colegial.

Dentro de este plan de trabajo el enfoque que se está siguiendo es el siguiente: 

  • Corresponde a cada Consejo General y Colegio Nacional, así como a los ministerios con los que se relaciona cada Colegio, impulsar y coordinar la adaptación de la normativa colegial de ámbito estatal (Estatutos Generales y Reglamentos de Régimen Interior),
  • Corresponde a cada Comunidad Autónoma, así como a los respectivos Consejos Generales y Colegios Nacionales (en aquellos casos en que existen), impulsar y coordinar la adaptación de la normativa colegial de ámbito territorial (Estatutos Particulares y Reglamentos de Régimen Interior).

 

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