Reclamación en materia de contratación (Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero).
Reclamación que puede presentarse en los supuestos previstos en el artículo 119 del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.