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Procedimientos Administrativos

Datos Generales

Denominación

Documento de transporte electrónico como declaración de tránsito (ETD)

Tipo de procedimiento/servicio
Aduanero
Materia
Aduanas
Código SIA
1993256
Descripción

En el documento de transporte electrónico (ETD) figuran las mercancías que se cargan en un buque o aeronave. Este procedimiento permite emplear un documento de transporte electrónico como declaración en aduana para la inclusión de las mercancías en el régimen de tránsito. Se trata de una de las simplificaciones previstas para el régimen de tránsito por el Código Aduanero y su normativa de desarrollo.

Órgano responsable de tramitación (DIR3)
Agencia Estatal de Administración Tributaria (EA0028512)

Información general del procedimiento / servicio

Forma de iniciación
  • Interesado
Destinatario/s interesado
  • Ciudadano
  • Empresa
Requisitos del solicitante
Más información sobre la protección de datos en la Agencia Tributaria en https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/condiciones-uso-sede-electronica/datos-personales.html
Documentación
  • Documento de transporte electrónico (ETD) con los requisitos establecidos en la normativa aplicable y siempre que la compañía marítima o aérea disponga de una autorización concedida por las autoridades aduaneras competentes.
Plazo de resolución

6 Mes/es

Más información sobre plazos
Los períodos de resolución, las prórrogas aplicables y la suspensión del cómputo del plazo de resolución se regirán por lo previsto en el Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el código aduanero de la Unión y por su normativa de desarrollo [Reglamento Delegado (UE) nº 2015/2446 y Reglamento de Ejecución (UE) nº 2015/2447.
Efecto silencio interesado
Negativo
Órgano de resolución
  • Agencia Estatal de Administración Tributaria
Fin vía
No
Recursos
  • Reposición: en el plazo de un mes y con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.
  • Reclamación Económico-administrativa: en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender resuelto el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.
Normativa básica
Normativa que regula la tramitación electrónica
Normativa que aprueba la inclusión del procedimiento o servicio en el registro
Lugar presentación
  • Telemática en Sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Fases del procedimiento/servicio
  • Inicio: presentación de documento electrónico de transporte como declaración de tránsito.
  • Tramitación: comprobaciones en base a un sistema de gestión de riesgos aplicable.
  • Finalización: admisión o rechazo de la declaración aduanera presentada.
URL tramitación electrónica
Página de tramitación electrónicaAbre nueva ventana
Formularios
Requisitos identificación personas físicas
Alto: DNI electrónico, otros certificados reconocidos en soporte HW, con la certificación de una entidad de certificación acreditada
Requisitos identificación personas jurídicas
Alto: DNI electrónico, otros certificados reconocidos en soporte HW, con la certificación de una entidad de certificación acreditada
Sistemas de identificación
  • DNI electrónico
  • Certificado electrónico
  • Clave PIN
Integrado en Clave
Practica notificaciones
  • Postal
  • Electrónica por comparecencia en Sede
  • Electrónica por Dirección Electrónica Habilitada
Sujeto a tasas
No
Nivel de interactividad
Nivel 4: Tramitación electrónica

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