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Autorizados los límites de gasto y el número de anualidades para convocar ayudas para paliar los daños en CCAA afectadas por fenómenos meteorológicos en 2026

Martes, 23 de junio de 2026
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El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autorizan los límites establecidos y el número de anualidades para adquirir compromisos de gastos con cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria para posibilitar al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática la convocatoria de subvenciones para paliar los daños en las zonas afectadas por las emergencias de protección civil de distinta naturaleza acaecidas entre el 10 de febrero y el 30 de marzo de 2026 en diversas comunidades autónomas.

Las zonas afectadas son Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Comunidad de Madrid, Extremadura, Galicia, Illes Balears, La Rioja, País Vasco, Asturias y Murcia.

La Dirección General de Cooperación Autonómica y Local ha sido el centro directivo que ha solicitado autorización para modificar esos límites de gasto en la aplicación presupuestaria ‘Subvenciones por daños en infraestructuras municipales, red viaria provincial e insular. Declaraciones ZAGEPC 2026’, a fin de posibilitar la convocatoria de subvenciones para paliar los daños en las zonas afectadas por las emergencias de protección civil de distinta naturaleza acaecidas entre el 10 de febrero y el 30 de marzo de 2026. 

El apartado tercero del Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de abril de 2026 establece un régimen de ayudas a entidades locales para la recuperación de la zona siniestrada, en el que se establece que “a los proyectos directamente relacionados con los siniestros a los que se refiere el apartado primero que ejecuten los ayuntamientos, los consejos insulares, las diputaciones provinciales o las comunidades autónomas uniprovinciales, las comarcas y las mancomunidades en los términos municipales y núcleos de población, relativos a las obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal incluidos en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de la red viaria de las diputaciones provinciales, de los consejos insulares o, en su caso, de las comunidades autónomas uniprovinciales, se les aplicará la tramitación de urgencia (…) y se les podrá conceder una subvención de hasta el 50% de su coste, excluidos de estas ayudas los trabajos llevados a cabo con medios propios no personificados de la entidad local, ya sean materiales, maquinaria o personal”.

Teniendo en cuenta la previsión de plazos, está previsto que la convocatoria de ayudas se produzca en el segundo trimestre de 2026, mientras que la resolución de asignación de las subvenciones, así como el inicio de su ejecución presupuestaria se realizará en el tercer trimestre de 2026, prolongándose esta última fase en los ejercicios 2027 a 2031. La convocatoria tendrá un importe total máximo de 93.436.701,51 euros con el siguiente detalle de compromisos anuales:

AñoImporte en euros
20269.343,67
202732.702.845,52
202823.359.175,37
202914.015.505,23
203011.212.404,19
203112.137.427,53
TOTAL93.436.701,51

Por acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de mayo de 2026 ya se autorizaron límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para posibilitar al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática la convocatoria de subvenciones para paliar los daños en las zonas afectadas por inundaciones y otros fenómenos de distinta naturaleza acaecidos entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026 en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Asturias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunidad de Madrid, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Illes Balears, La Rioja y Murcia, así como en la Ciudad de Ceuta.

Dicha convocatoria, también está financiada con cargo a la aplicación presupuestaria 22.02.942A.767.07. Por tanto, el detalle de los compromisos totales a adquirir con cargo a ejercicios futuros en dicha aplicación, sumados a los ya existentes, según nivel de vinculación, es el siguiente:

Años

Compromisos

anteriores

(ACM 12/05/2026)

Nuevos compromisosTotal
202727.700.889,9632.702.845,5260.403.735,48
202820.775.667,4823.359.175,3744.134.842,85
202913.850.444,9714.015.505,2327.865.950,20
203013.850.444,9711.212.404,1925.062.849,16
203113.850.444,9712.137.427,5325.987.872,50
TOTAL90.027.892,3593.427.357,84183.455.250,19
  

Dado que dicha aplicación presupuestaria carece de crédito inicial para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros a los que se refiere la Ley General Presupuestaria, se ha solicitado la autorización del Consejo de Ministros para adquirir compromisos de gasto en las anualidades de 2026 a 2030 de acuerdo con lo previsto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en los siguientes términos:

AñoLímite de compromiso máximo a adquirir (€)
202760.403.735,48
202844.134.842,85
202927.865.950,20
203025.062.849,16
203125.987.872,50

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