Para atender las consultas de los operadores relacionadas con el mercado de tabacos y con los diferentes procedimientos llevados a cabo ante el Comisionado para el Mercado de Tabacos, este organismo cuenta con un Servicio de Atención Ciudadana, que atiende de forma ágil cualquier duda o consulta a través de correo electrónico, por teléfono, o de forma presencial, sin necesidad de cita previa:
En el caso de que su consulta no pueda ser resuelta a través del Servicio de Atención Ciudadana por su especial complejidad, o porque exija un estudio en profundidad de la normativa aplicable, cualquier operador puede realizar consultas de manera formal al Comisionado para el Mercado de Tabacos por escrito, sobre materias relacionadas con la normativa del mercado de tabacos y el ámbito de competencias del Comisionado, debiendo los solicitantes cumplir determinados requisitos.
Cualquier operador y sus asociaciones representativas pueden formular al Comisionado para el Mercado de Tabacos consultas formales en relación con la normativa del mercado de tabacos.
Las consultas formales se formularán mediante escrito dirigido al Comisionado para el Mercado de Tabacos.
Podrán presentarse utilizando medios electrónicos, que serán obligatorios para las personas físicas o jurídicas que estuvieran obligadas a relacionarse con la Administración por tales medios.
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
Toda consulta formal debe contener, como mínimo:
La presentación de consultas formales ante el Comisionado para el Mercado de Tabacos no interrumpe ningún plazo para ningún procedimiento previsto en la normativa del mercado de tabacos ni en otras normas.
La contestación a las consultas formales tiene carácter meramente informativo, no es vinculante para el Comisionado para el Mercado de Tabacos ni es susceptible de recurso alguno.
El Comisionado para el Mercado de Tabacos, para garantizar la transparencia de su actividad en relación con la interpretación de la normativa del mercado de tabacos, podrá publicar aquellas respuestas a consultas formales planteadas al Comisionado para el Mercado de Tabacos por los operadores y sus asociaciones que, a juicio del organismo, supongan una interpretación de las normas y considere que puedan ser de interés para otros operadores.