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Preguntas frecuentes

7. ¿Cómo va a facilitar la Directiva la libertad de establecimiento en cualquier Estado miembro?

La Directiva establece como regla general que cualquier prestador de servicios establecido legalmente en un Estado miembro podrá establecerse en cualquier otro país de la Unión. Por ello, sólo excepcionalmente podrá supeditarse el acceso o ejercicio de una actividad de servicios a un régimen de autorización cuando concurran determinadas condiciones.

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